El pleno de la Cámara de Senadores sancionó el viernes dos leyes la primera para la Prevención, Contención y Tratamiento de la Infección por el Coronavirus COVID-19, que permite a las autoridades del Gobierno nacional y los gobiernos subnacionales el uso extraordinario de recursos económicos para atender la emergencia por esa enfermedad, y otra norma que aplaza el pago de deudas bancarias y reduce 50% las tarifas por servicios básicos.
“Se ha aprobado la ley que ha sido modificada en la Cámara de Diputados, para la Prevención, Contención y Tratamiento por la Infección del coronavirus; esta ley básicamente trata de poder dar los instrumentos al Gobierno central la Gobernación y al municipio, para que puedan tener los insumos y el equipo necesario en los centros médicos”, informó la presidenta de la Cámara de Senadores, Eva Copa.
Explicó que esa norma establece que “el tratamiento para la infección por el Coronavirus (COVID-19), será otorgado por los establecimientos de salud del subsector público a la población afectada de manera gratuita”.
Esa norma establece, también, la implementación de actividades, acciones y medidas necesarias a los entes gestores de la seguridad social y el subsector privado para garantizar la atención médica de pacientes con coronavirus.
La ley establece, asimismo, la gratuidad del tratamiento de la infección por el coronavirus en todos los establecimientos de salud del subsector público, el Ministerio de Salud y las entidades territoriales autónomas.
Además garantiza la asignación de recursos económicos necesarios al Gobierno nacional y subnacionales para la atención de la emergencia declarada para evitar la propagación del COVID-19, entre otras medidas para contrarrestar ese mal.
Copa agregó que el Senado aprobó, también, la ley de diferimiento (aplazamiento) del pago del capital, intereses y otro tipo de gravámenes de los créditos que tengan las personas con entidades financieras por el tiempo que dure la emergencia del coronavirus.
Esa norma concede seis meses posteriores al levantamiento de la pandemia para su regularización.
La legisladora explicó que esa norma dispone, asimismo, el pago diferido por los servicios básicos sin multas, ni sanciones, mientras dure la pandemia, no debiendo realizarse el corte del servicio por falta de la cancelación de los mismos.
Aclaró que el Gobierno nacional ya decretó el pago de las tarifas domiciliarias de electricidad menores a 120 bolivianos, además del pago del 50% del consumo de agua del siguiente trimestre, pero no contemplaba el gas y la ley sancionada lo hace.
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