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sábado, 28 de marzo de 2020

LEY N° 1287 - Se aprueba la transferencia, a título gratuito, de un lote de terreno con una superficie de 200,0040 hectáreas (ha), de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Mapiri

LEY N° 1287
LEY DE 27 DE MARZO DE 2020
JEANINE ÁÑEZ CHÁVEZ
PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente  Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO. De conformidad con el numeral 13 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, se aprueba la transferencia, a título gratuito, de un lote de terreno con una superficie de 200,0040 hectáreas (ha), de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Mapiri, ubicado en Achiquiri, Comunidad de Charopampa del Municipio de Mapiri, Provincia Larecaja del Departamento de La Paz, registrado en las oficinas de Derechos Reales del Departamento de La Paz, bajo el Folio Real con Matrícula Computarizada N° 2.06.7.03.0000005, cuyas colindancias son: Al Norte, con la comunidad Charopampa; al Sur, con la comunidad Charopampa; al Este, con la comunidad Charopampa; al Oeste, con la comunidad Charopampa; a favor de la Universidad Pública de El Alto – UPEA, con destino exclusivo para la construcción de una Infraestructura de la Sub Sede Universitaria de la UPEA, conforme a lo establecido en la Ley Autónoma Municipal N° 04/2019, promulgada el 23 de septiembre de 2019 por el Gobierno Autónomo Municipal de Mapiri.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los diez días del mes de marzo del año dos mil veinte.
Fdo. Mónica Eva Copa Murga, Simón Sergio Choque Siñani, Rosario Rodríguez Cuellar, Eliana Mercier Herrera, Nelly Lenz Roso, Sandra Cartagena Lopez.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintisiete días del mes de marzo del año dos mil veinte.

FDO. JEANINE ÁÑEZ CHÁVEZ, Yerko M. Núñez Negrette, Víctor Hugo Cárdenas Conde.

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