Los avasalladores de tierras e inmuebles serán castigados con penas de cárcel que van desde los dos hasta los ocho años, según establece el proyecto de ley que legisla sobre esa materia y que está en el Senado.
El documento establece que serán sancionados con privación de libertad quienes mediante violencia, amenazas, engaño, abuso de confianza o cualquier otro medio ocupen "total o parcialmente” tierras o inmuebles privados o de dominio público.
Ese proyecto además crea la figura o tipo penal del "tráfico de tierras”, con una sanción a cumplir, a quien incurra en ese delito, de hasta ocho años de privación de libertad o cárcel.
El tipo penal expresa que quienes arrienden, negocien o donen, hagan "compraventa” o permuta de tierras individuales o colectivas que no son de su propiedad serán sancionados con hasta ocho años de cárcel.
El documento también dispone que los sentenciados por avasallar o traficar tierras no podrán ser beneficiarios de "procesos de distribución de tierras” ni de "derechos de uso y aprovechamiento de recursos” por un periodo de 10 años.
"Es una ley que es necesaria dentro de nuestra estructura jurídico-política y que contribuirá a la seguridad jurídica en el país, para frenar a los que se mueven al margen de la ley, avasallando la propiedad privada, rural y estatal”, sostuvo Marcelo Antezana, miembro de la Comisión de Constitución que analizó el proyecto y recomendó su aprobación con las respectivas modificaciones.
El legislador de oposición destacó que con la norma se crea una especie de "registro” de infractores, el cual permitirá que, por 10 años, los culpables no "tengan opción de acceder a tierras fiscales”.
El proyecto de ley, según calificaron la pasada semana las presidentas de Diputados y del Senado, Betty Tejada y Gabriela Montaño, respectivamente, establece "procedimientos ágiles” para resolver un caso de avasallamiento y para evitar daños en los casos de tierras productivas.
Las instancias competentes para el procesamiento y resolución de este tipo de delitos, según el documento, serán los juzgados agroambientales y los de materia penal.
El 5 de diciembre pasado, el presidente Evo Morales se comprometió a enviar a la Asamblea Legislativa un proyecto de ley sobre esta materia, después de que la Asociación de Productores de Oleaginosas y Trigo (Anapo) denunciara que al menos 70 predios en el departamento de Santa Cruz fueron tomados por avasalladores.
Hasta el cierre de esta edición, la norma aún era tratada en el pleno de la Cámara Alta.
Piden incautación de bienes
El presidente de la Asociación Nacional de Productores de Oleaginosas (Anapo), Demetrio Pérez, pidió la incautación de los bienes de los loteadores y avasalladores y que se incrementen los años de la condena de estas personas.
Hasta la fecha, el ilícito tiene una condena de cuatro años de cárcel y bajo otra figura legal, mientras Anapo pidió un incremento a ocho años de privación de libertad.
Pérez dijo que es importante atender esta demanda en beneficio del país, para que los avasalladores sean arrestados.
Pidió que la figura de la incautación de bienes sea incorporada en la reglamentación de la normativa, porque se supone que los avasalladores los adquirieron de manera ilegal.
Álvaro García Linera anunció el pasado miércoles que la ley contra el avasallamiento será aprobada en grande este sábado.
Dijo que en detalle la normativa podría ser aprobada entre el 12 y 13 de enero, cuando la Asamblea Legislativa reanude sus labores.
Este año en Santa Cruz los afectados por avasallamientos calcularon una pérdica de 250 mil dólares.
Proyecto normativo
Objeto La ley apunta a establecer el "régimen jurisdiccional” que permita al Estado "resguardar, proteger y defender la propiedad privada individual y colectiva”, además de la "propiedad estatal y las tierras fiscales de los avasallamientos y el tráfico de tierras”.
Definición El proyecto normativo establece que los avasallamientos son las ocupaciones, asentamientos e invasiones de hecho, así como la ejecución de trabajos o mejoras, con incursión violenta o pacífica, temporal o continua por parte de una o varias personas.
Competencia El documento dispone que los juzgados agroambientales y los de materia penal son competentes para conocer y resolver los casos de los delitos definidos en este proyecto de ley, que se debate en el Senado.
Medidas El proyecto establece al menos cuatro medidas precautorias. Entre ellas, la paralización y suspensión de todo tipo de trabajos y el decomiso preventivo de los medios de perpetración del delito.
Tipo 1 Se establece la creación de la figura penal "tráfico de tierras” y define que quien incurra en ese delito es quien por sí o por tercero arriende, negocie o done, realice "compraventa” o permuta de tierras individuales o colectivas que no son de su propiedad. Éstos serán sancionados con dos a ocho años de cárcel.
Tipo 2 El proyecto normativo también crea la figura penal del "avasallamiento”, y define que quienes estén involucrados, mediante violencia, amenazas, engaño, abuso de confianza o cualquier otro medio ocupen tierras o inmuebles públicos o privados serán sancionados con condenas desde dos hasta ocho años de cárcel.
Cárcel El documento, todavía en análisis y discusión, establece que quienes sean sentenciados por los delitos de tráfico de tierras o de avasallamiento no podrán acceder a procesos de distribución de tierras fiscales por 10 años.
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