La Cámara de Diputados sancionó ayer la Ley contra el Avasallamiento y el Tráfico de Tierras y fue remitida al Órgano Ejecutivo para su promulgación.
Al incorporar al Código Penal la figura o tipo de tráfico de tierras, quien incurra en la invasión de un predio o inmueble privado recibirá una pena de hasta ocho años de privación de libertad o cárcel.
La norma tiene el objetivo de dotar al Estado de instrumentos necesarios para resguardar, proteger y defender la propiedad privada individual, colectiva y las tierras fiscales de los avasallamientos y el tráfico de tierras.
"Resolverá, al fin, el tema de los avasallamientos no sólo en lo rural, sino también en lo urbano, pero además de una forma abreviadísima”, afirmó la presidenta de la Cámara Baja, Betty Tejada.
La nueva norma incorpora al Código Penal el tráfico de tierras, que se define como el arriendo, negocio, donación, la compra-venta o permuta de tierras individuales o colectivas ajenas.
Estas conductas tendrán penas de privación de libertad de tres hasta ocho años.
Además, se incluye el tipo penal del avasallamiento, que está descrito como la invasión y ocupación de hecho, total o parcial, de tierras o inmuebles ajenos, individuales, colectivos, bienes de dominio público o bienes de patrimonio del Estado.
Quienes cometan estas acciones estarán sujetos a penas de privación de libertad de tres a ocho años. La ley era esperada en el sector productivo del país.
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