El presidente Evo Morales promulgó la mañana de ayer la ley que amplía por cuatro años más el proceso de saneamiento de tierras en todo el territorio nacional, cuyo plazo venció el pasado 19 de octubre.
“Mediante la ministra de Desarrollo Rural (Nemesia Achacollo) enviamos a la Asamblea (Legislativa), y la Asamblea de manera disciplinada, de manera muy consciente rápidamente aprobó esta ampliación del plazo y hoy estamos promulgando la ley para seguir con el tema de saneamiento”, sostuvo Morales.
Añadió que el pedido de ampliación fue efectuado por el movimiento campesino.
El proceso de saneamiento se inició en 1996 y hasta 2005 se había alcanzado a sanear una extensión de 9 millones de hectáreas, mientras que en estos ocho años de Gobierno, de 2006 a 2013, se logró alcanzar una superficie de 57 millones de hectáreas saneadas, que suman un total de 66 millones de hectáreas.
Asimismo, entre 1996 y 2005, un total de 26.147 títulos ejecutoriales, que beneficiaron a 174.963 personas, fueron emitidos por los gobiernos de turno; mientras que entre 2006 y 2013 se incrementó a 396.681 títulos aprobados, que benefició a 1.117.804 bolivianos.
La ley promulgada ayer permitirá cumplir la meta de sanear una superficie total de 106 millones de hectáreas a nivel nacional hasta 2017, de los cuales, hasta la fecha, se logró sanear 66 millones de hectáreas, que representan el 62,4 por ciento, y aún falta más de 40 millones de hectáreas, que significa el 37,8 por ciento, según datos brindados por el Instituto nacional de Reforma Agraria (INRA).
A principios de octubre, el director del INRA, Juan Tapia, declaró que uno de los factores que impidieron la conclusión del saneamiento es la falta de financiamiento internacional, aspecto que perjudicó el proceso en gran medida.
Otro de los factores, según Tapia, es la disputa territorial por límites y por derecho propietario en varias provincias y municipios del país.
Sobre la ley
La norma consta de un solo artículo, que a la letra señala: “Se amplía el plazo para la ejecución del proceso de saneamiento de la propiedad agraria en cuatro (4) años, plazo que regirá una vez concluida la vigencia de la ley N° 3501 de 19 de octubre de 2006”.
La disposición única de esta ley señala que los procesos de saneamiento que a la conclusión del plazo establecido queden en curso o fueran objeto de nulidad, deberán ser procesados hasta su conclusión por el Instituto Nacional de Reforma Agraria - INRA, en el marco de la normativa vigente.
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