DECRETO PRESIDENCIAL N° 3059
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política del Estado, determina que Bolivia se constituye en un Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, libre, independiente, soberano, democrático, intercultural, descentralizado y con autonomías.
Que el Parágrafo I del Artículo 165 del Texto Constitucional, establece que el Órgano Ejecutivo está compuesto por la Presidenta o Presidente del Estado, la Vicepresidenta o Vicepresidente del Estado y las Ministras y/o Ministros de Estado.
Que los numerales 4 y 22 del Artículo 172 de la Constitución Política del Estado, disponen que es atribución del Presidente del Estado Plurinacional, entre otros, dirigir la administración pública y coordinar la acción de los Ministros de Estado; y designar a las Ministras y a los Ministros de Estado.
Que el Artículo 13 del Decreto Supremo N° 29894, de 7 de febrero de 2009, determina la estructura organizativa del Órgano Ejecutivo compuesta por Ministras y Ministros del Estado Plurinacional de Bolivia. Asimismo, los Decretos Supremos N° 0793, de 15 de febrero de 2011, N° 1868, de 22 de enero de 2014 y N° 3058, de 22 de enero de 2017, crean los Ministerios de Comunicación, de Deportes, y de Energías respectivamente, estableciendo su estructura y atribuciones.
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.-
I. Se designa a las siguientes ciudadanas y ciudadanos como MINISTRAS Y MINISTROS DE ESTADO, asignándoles las siguientes carteras:
Fernando Huanacuni Mamani
MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES
René Martínez Callahuanca
MINISTRO DE LA PRESIDENCIA
Carlos Gustavo Romero Bonifaz
MINISTRO DE GOBIERNO
Reymi Luis Ferreira Justiniano
MINISTRO DE DEFENSA
Mariana Prado Noya
MINISTRA DE PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO
Luís Alberto Arce Catacora
MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS
Luis Alberto Sánchez Fernández
MINISTRO DE HIDROCARBUROS
Rafael Alarcón Orihuela
MINISTRO DE ENERGÍAS
Eugenio Rojas Apaza
MINISTRO DE DESARROLLO PRODUCTIVO
Y ECONOMÍA PLURAL
Milton Claros Hinojosa
MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS, SERVICIOS
Y VIVIENDA
Félix Cesar Navarro Miranda
MINISTRO DE MINERÍA Y METALURGIA
Héctor Enrique Arce Zaconeta
MINISTRO DE JUSTICIA Y
TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL
Héctor Andrés Hinojosa Rodríguez
MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO
Y PREVISIÓN SOCIAL
Ariana Campero Nava
MINISTRA DE SALUD
Carlos Rene Ortuño Yañez
MINISTRO DE MEDIO AMBIENTE Y AGUA
Roberto Iván Aguilar Gómez
MINISTRO DE EDUCACIÓN
Cesar Hugo Cocarico Yana
MINISTRO DE DESARROLLO RURAL Y TIERRAS
Wilma Alanoca Mamani
MINISTRA DE CULTURAS Y TURISMO
Gisela Karina López Rivas
MINISTRA DE COMUNICACIÓN
Tito Rolando Montaño Rivera
MINISTRO DE DEPORTES
II. Las señoras Ministras y señores Ministros designados, tomarán posesión de sus cargos en el día, en acto especial a celebrarse en Palacio de Gobierno.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintitrés días del mes de enero del año dos mil diecisiete.
FDO. EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
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