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jueves, 8 de julio de 2021

DECRETO SUPREMO N° 4540 - Se abroga el Decreto Supremo N° 4084, de 21 de noviembre de 2019.

 DECRETO SUPREMO N° 4540

LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Supremo N° 0267, de 26 de agosto de 2009, se aprueba los Estatutos de la Empresa Nacional de Electricidad - ENDE que regula la organización y funcionamiento de la ENDE para el cumplimiento de su objeto.

Que el Decreto Supremo N° 1691, de 14 de agosto de 2013, define la estructura de ENDE Corporación; y modifica los Estatutos de la ENDE estableciendo que ENDE Matriz tendrá; bajo su control y dirección a empresas filiales y subsidiarias ya sea en forma directa o indirecta debiendo garantizar que estas empresas persigan el logro de los objetivos y metas definidos por la ENDE matriz para la Corporación.

Que el Decreto Supremo N° 4084, de 21 de noviembre de 2019, modifica el Artículo 11 de los Estatutos de la ENDE, aprobados mediante Decreto Supremo N° 0267, modificado por Decreto Supremo N° 1691, de 14 de agosto de 2013.

Que los incisos a) y j) del Artículo 58 del Decreto Supremo N° 29894, de 7 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo, modificado por el Decreto Supremo N° 4393, de 13 de noviembre de 2020, señalan como atribuciones del Ministro de Hidrocarburos y Energías, proponer y dirigir la política energética del país, promover su desarrollo integral, sustentable y equitativo y garantizar su soberanía; y supervisar controlar y fiscalizar a las empresas e instituciones bajo su tuición y dependencia.

Que el Gobierno de facto, para tomar el control de la ENDE y sus empresas filiales y subsidiarias, realizó modificaciones a los Estatutos y al Manual de Puestos, poniendo en evidencia una improvisación en la gestión administrativa, contratando personal no calificado y sin experiencia en el sector eléctrico.

Que el pueblo boliviano en fecha 18 de octubre de 2020, recuperó la democracia en las urnas, para un mandato de Gobierno democrá;ticamente electo, a fin de reencausar la senda de la estabilidad y crecimiento económico con justicia social.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

ARTÍCULO ÚNICO.-    Se abroga el Decreto Supremo N° 4084, de 21 de noviembre de 2019.

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Hidrocarburos y Energías, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los siete días del mes de julio del año dos mil veintiuno.

FDO. LUIS ALBERTO ARCE CATACORA, Rogelio Mayta Mayta, Maria Nela Prada Tejada, Carlos Eduardo Del Castillo Del Carpio, Edmundo Novillo Aguilar, Felima Gabriela Mendoza Gumiel, Marcelo Alejandro Montenegro Gomez Garcia, Franklin Molina Ortiz, Nestor Huanca Chura, Edgar Montaño Rojas, Ramiro Felix Villavicencio Niño De Guzman, Ivan Manolo Lima Magne, Verónica Patricia Navia Tejada, Jeyson Marcos Auza Pinto, Juan Santos Cruz, Adrian Ruben Quelca Tarqui, Remmy Ruben Gonzales Atila, Sabina Orellana Cruz

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