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jueves, 19 de septiembre de 2013

Nueva Ley de Tratados da pie a denunciar el firmado en 1904



El presidente Evo Morales promulgó ayer la Ley de Celebración de Tratados. El senador René Martínez (MAS) afirmó que esta norma constituye el instrumento para denunciar o renegociar el Tratado de 1904, que fija nuevos límites entre Bolivia y Chile.

“Esto se hará en cumplimiento de nuestra Constitución. Cada tratado tiene su plazo. Es una base para dar cumplimiento. Sin esta ley no se lo podía hacer y había que recurrir a un largo trámite administrativo”, detalló el legislador del Movimiento Al Socialismo.

La disposición transitoria novena de la Carta Magna establece que en el plazo de cuatro años, desde la elección del Órgano Ejecutivo, el Gobierno debe renegociar o denunciar los tratados internacionales que sean contrarios a la nueva Constitución Política. Según este mandato constitucional, la fecha límite para hacerlo es el 6 de diciembre.

Martínez explicó que se trata de una “norma genérica procedimental de ruta”; no obstante, afirmó que la decisión y fecha para renunciar o renegociar el Tratado de 1904, como otros, será definida por la Cancillería boliviana.

En esa línea, el diputado Héctor Arce (MAS), en junio, aseguró que los tratados internacionales que vayan en contra de la Carta Magna no tienen un plazo “absoluto” para ser denunciados. La norma establece mecanismos de retiro, admisión, incorporación de tratados y su compatibilización con la nueva Constitución, además de que define diferentes plazos.

Respecto a la nueva ley, el canciller David Choquehuanca dijo que ésta surgió a partir del artículo 258 de la Carta Magna que indica: “Los procedimientos de celebración de tratados internacionales se regularán por la ley”.

Sobre esa base, afirmó que se busca que los tratados garanticen relaciones de igualdad, respeto, independencia, no intervención en asuntos internos y de solución pacífica de conflictos, además del rechazo a toda dictadura, colonialismo e imperialismo. De acuerdo con Choquehuanca, destaca ANF, la ley, de 73 artículos, establece las etapas de un tratado internacional para su vigencia en el país; desde la renegociación hasta la posible denuncia.

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