LEY Nº 198
LEY DE 14 DE DICIEMBRE DE 2011
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
Artículo Único. De
conformidad con el artículo 158, parágrafo I, atribución 14ª de la
Constitución Política del Estado, se ratifica el “Acuerdo de Cooperación
entre el Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela y el Estado
Plurinacional de Bolivia para la Producción de Tecnologías Agrícolas”,
suscrito el 31 de marzo de 2011, en la ciudad de Cochabamba.
Remítase al Órgano Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es
dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a
los diecisiete días del mes de noviembre del año dos mil once.
Fdo.
René Oscar Martínez Callahuanca, Héctor Enrique Arce Zaconeta, Zonia
Guardia Melgar, Carmen García M., Agripina Ramírez Nava, Ángel David
Cortés Villegas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de diciembre de dos mil once años.
FDO. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Carlos Romero Bonifaz, Nemesia Achacollo Tola.
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