El pleno de la Cámara Alta aprobó con modificaciones el proyecto de Ley de regulación de tenencia de perros peligrosos para la seguridad ciudadana, que tiene por objeto establecer condiciones mínimas legales para la tenencia de 11 razas de canes.
"La finalidad de esta norma es precautelar la seguridad ciudadana y prevenir agresiones a las personas; proteger su vida e integridad física y sus bienes a través de la prohibición de la tenencia de perros peligrosos", afirmó la senadora Mirtha Da Costa.
Añadió que la norma regula la autorización, requisitos y condiciones para la tenencia de los perros denominados peligrosos e incluye penas para los dueños de los animales.
Según el proyecto de Ley, la regulación de los perros peligrosos como animales domésticos está dirigida a garantizar la seguridad ciudadana en cumplimiento a un fin y función del Estado.
Los alcances de la presente Ley, no regirán a los perros peligrosos pertenecientes a las Fuerzas Armadas y Policía Boliviana.
Las personas que tengan o deseen adquirir un can peligroso de alguna de las razas descritas en el artículo 4 de la presente Ley, deberán acudir a las dependencias de la Policía Boliviana para solicitar la autorización y al gobierno autónomo municipal para el registro y la otorgación de la licencia de crianza.
Las once razas de canes consideradas "peligrosas" son: a). American Staffordshire Terrier b) American Staffordshire Bull Terrier c). Pit Bull Terrier d). Bull Terrier e). Bullmastiff f). Doberman g). Dogo Argentino h). Dogo de Burdeos i). Fila Brasileiro j). Rottweiler k).Tosa lnu.
El proyecto de Ley aprobado con modificaciones fue devuelto a la Cámara de Diputados para fines constitucionales.
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