Los bienes que han sido dados en garantía al Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) por parte de las personas que tienen deudas tributarias podrán ser transferidas de forma directa a las instituciones públicas del Estado, según el Decreto Supremo 1859 que modifica el artículo 36 del Código Tributario Boliviano y que fue publicado el 8 de este mes.
Decreto Supremo. "Los bienes aceptados en dación de pago, podrán ser adjudicados de forma directa a entidades del sector público, mediante resolución administrativa expresa de acuerdo a norma administrativa emitida por la Administración Tributaria", señala el parágrafo III del mencionado Decreto.
En tanto el especialista en temas tributarios, Jaime Rodrigo, explicó que un aspecto que se debe tomar en cuenta para cualquier remate o transferencia es la evaluación de los bienes respecto a la deuda tributaria.
"La dación en pago es una forma extraordinaria para el cumplimiento de la medida tributaria porque ¿para qué se han creado los tributos? para lograr recursos frescos que es dinero porque es lo que le interesa al Estado. Como hay contribuyentes que están pasando por un momento difícil y solamente tienen bienes y como se dice a mal pagador aunque sea piedras (se le recibe), entonces se le permite pagar con bienes, esa es la idea", manifestó
El domingo, el vicepresidente Álvaro García, cuando ejercía la presidencia en ejercicio, promulgó el reglamento de remate de bienes embargados, dando vía libre a la ejecución de una lista de casi 3.000 bienes anotados por el SIN. Se trata de históricas deudas en ejecución tributaria que no pueden hacerse efectivas por falta de una disposición suprema clara.
Un reciente informe de Impuestos da cuenta que hasta noviembre de 2012 existen 2.940 bienes embargados, hipotecados y anotados preventivamente, de los cuales 1.377 son inmuebles, 1.214 vehículos y 349 son otros bienes de contribuyentes deudores.
El analista tributario indicó que con la medida se acelerarán los trámites de remate de los bienes de los deudores al fisco que fueron anotados preventivamente, porque es "el objetivo" que debe tener la norma.
De hecho, dentro de esta lista se encuentran grandes contribuyentes como el periódico El Diario, hotel Plaza y Lloyd Aéreo Boliviano (LAB), que mantienen millonarias deudas en ejecución tributaria. El Diario tiene una deuda de Bs 128 millones, el hotel Plaza 86 millones y el LAB supera los Bs 120 millones.
No habrá clausura definitiva. Por otra parte, la presidente de los microempresarios y dueños de comercios en Chuquisaca, Martha Gómez, informó que el SIN ya no podrá clausurar de manera definitiva los emprendimientos por alguna falta debido a que ganaron un recurso ante el Tribunal Constitucional Plurinacional.
"Para nosotros es importante este resultado, ningún funcionario puede ir a simple criterio a maltratar y clausurar un negocio, ya no pueden ser juez y parte donde firman como testigo de actuación y también como interventor", señaló.
Gómez dijo que con ese actuar, el Servicio de Impuestos vulneraba los derechos a un debido proceso y a la inocencia de sus asociados como lo certificó en su fallo el Tribunal Constitucional. "Gracias a esos cinco tribunos que dignifican la justicia", expresó la dirigente en agradecimiento.
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