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jueves, 16 de diciembre de 2021

DECRETO SUPREMO N° 2229 - Se autoriza a la Ministra de Planificación del Desarrollo, a suscribir con el Banco Interamericano de Desarrollo – BID, en nombre y representación del Estado Plurinacional de Bolivia, el Contrato de Préstamo N° 3385/BL-BO por un monto equivalente a $us185.500.000.-

 DECRETO SUPREMO N° 2229

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

C O N S I D E R A N D O:

 

Que el numeral 9 del Parágrafo II del Artículo 298 de la Constitución Política del Estado, determina que es una competencia exclusiva del nivel central del Estado la planificación, diseño, construcción, conservación y administración de carreteras de la Red Fundamental.

 

Que el numeral 1 del Parágrafo II del Artículo 96 de la Ley N° 031, de 19 de julio de 2010, Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez”, establece que de acuerdo a las competencias exclusivas de los numerales 9 y 10, Parágrafo II del Artículo 298 de la Constitución Política del Estado, el nivel Central del Estado tiene la competencia exclusiva de planificar, diseñar, construir, mantener y administrar las carreteras, líneas férreas y ferrocarriles de la Red Fundamental.

 

Que el inciso g) del Artículo 5 del Decreto Supremo N° 28946, de 25 de noviembre de 2006, dispone como atribución y función de la Administradora Boliviana de Carreteras – ABC, ejercer la función de organismo ejecutor de contratos con financiamiento externo, en proyectos de la Red Vial Fundamental, aplicando los procesos de contratación de acuerdo a la normativa vigente.

 

Que el numeral 4.6.1 del Capítulo IV “Bolivia Productiva” del Plan Nacional de Desarrollo aprobado por Decreto Supremo N° 29272, de 12 de septiembre de 2007, señala como propuesta de cambio mejorar e integrar el sistema de transporte nacional, en todas sus modalidades (caminera, ferroviaria, aeronáutica y fluvial lacustre) como componente significativo del desarrollo y la ampliación de mercados para la producción boliviana. A través de la nueva política de transportes, el Estado orientará sus recursos en la perspectiva de vertebrar internamente al país.

 

Que el objetivo del Programa es continuar mejorando la calidad y condiciones de transitabilidad, accesibilidad y seguridad de la Red Vial Fundamental mediante el aumento de la cobertura de vías pavimentadas y la rehabilitación y mejora de corredores viales que conectan centros de producción con mercados locales y externos. Asimismo, el Programa busca promover la mejora de la eficiencia en el gasto público sectorial, apoyando la gestión integral de los activos viales, que supone la incorporación de las obras ejecutadas a sistemas de gestión de mantenimiento vial y el desarrollo de capacidades en la ABC.

 

Que se ha gestionado ante el Banco Interamericano de Desarrollo – BID, un préstamo equivalente a $us185.500.000.- (CIENTO OCHENTA Y CINCO MILLONES QUINIENTOS MIL 00/100 DÓLARES ESTADOUNIDENSES), para la ejecución del “Programa de Infraestructura Vial de Apoyo al Desarrollo y Gestión de la Red Vial Fundamental I”, a ser ejecutado por la ABC.

 

Que es necesario autorizar la suscripción del Contrato de Préstamo con el BID, a objeto de materializar el financiamiento para la ejecución del citado Programa.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO ÚNICO.-

 

I. Se autoriza a la Ministra de Planificación del Desarrollo, a suscribir con el Banco Interamericano de Desarrollo – BID, en nombre y representación del Estado Plurinacional de Bolivia, el Contrato de Préstamo N° 3385/BL-BO por un monto equivalente a $us185.500.000.- (CIENTO OCHENTA Y CINCO MILLONES QUINIENTOS MIL 00/100 DÓLARES ESTADOUNIDENSES), para el financiamiento del “Programa de Infraestructura Vial de Apoyo al Desarrollo y Gestión de la Red Vial Fundamental I”.

 

II. Suscrito el Contrato de Préstamo deberá ser remitido a consideración y aprobación de la Asamblea Legislativa Plurinacional, en cumplimiento al numeral 10 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado.

 

III. Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, la suscripción del respectivo Convenio Subsidiario con la Administradora Boliviana de Carreteras – ABC en su condición de Organismo Ejecutor, para la transferencia de recursos externos y ejecución del Contrato de Préstamo, a solicitud del Ministerio de Planificación del Desarrollo, a través del Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Planificación del Desarrollo, de Economía y Finanzas Públicas, y de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta y un días del mes de diciembre del año dos mil catorce.

 

FDO. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Jorge Perez Valenzuela, Rubén Aldo Saavedra Soto, Elba Viviana Caro Hinojosa, Luis Alberto Arce Catacora, Juan José Hernando Sosa Soruco, Ana Teresa Morales Olivera, Arturo Vladimir Sánchez Escobar, Felix Cesar Navarro Miranda, Elizabeth Sandra Gutierrez Salazar, Daniel Santalla Torrez, Juan Carlos Calvimontes Camargo, José Antonio Zamora Gutiérrez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Nemesia Achacollo Tola, Claudia Stacy Peña Claros, Nardy Suxo Iturry, Pablo Cesar Groux Canedo, Amanda Dávila Torres, Tito Rolando Montaño Rivera. 

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