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sábado, 25 de diciembre de 2021

DECRETO SUPREMO N° 2302 - Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, de manera excepcional y por única vez, a transferir recursos del Tesoro General de la Nación – TGN al Ministerio de Culturas y Turismo, por un monto de hasta Bs12.392.280

 DECRETO SUPREMO N° 2302

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

C O N S I D E R A N D O:

 

Que el Parágrafo I del Artículo 337 de la Constitución Política del Estado, determina que el turismo es una actividad económica estratégica que deberá desarrollarse de manera sustentable, para lo que tomará en cuenta la riqueza de las culturas y el respeto al medio ambiente.

Que el inciso b) del Artículo 3 de la Ley Nº 292, de 25 de septiembre de 2012, General de Turismo “Bolivia Te Espera”, establece que el turismo como actividad económica estratégica deberá desarrollarse de manera sustentable, respondiendo a los siguientes objetivos: Fomentar, desarrollar, incentivar y fortalecer el turismo receptivo y emisivo a partir de la gestión territorial y la difusión del “Destino Bolivia”, sus atractivos y sitios turísticos para la generación de ingresos económicos y empleo que contribuyan al crecimiento de la actividad turística y al Vivir Bien de las bolivianas y bolivianos, fortaleciendo el turismo de base comunitaria.

 

Que el inciso a) del Parágrafo II del Artículo 4 de la Ley Nº 292, dispone que el posicionamiento estratégico del turismo implica que el Estado Plurinacional de Bolivia, en el marco de sus competencias de nivel central, compromete la provisión de recursos financieros destinados al desarrollo del sector turístico en sus diversos componentes, en procura de su posicionamiento como actividad estratégica, productiva y sustentable.

 

Que los destinos “Salar de Uyuni y Lagunas de Colores” y “Parque Madidi, Rurrenabaque y Pampas del Yacuma”, son potenciales turísticos que requieren de la priorización del Estado en cuanto a su promoción a nivel nacional e internacional.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, de manera excepcional y por única vez, a transferir recursos del Tesoro General de la Nación – TGN al Ministerio de Culturas y Turismo, por un monto de hasta Bs12.392.280.- (DOCE MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA 00/100 BOLIVIANOS), para la Promoción del Turismo de los destinos “Salar de Uyuni y Lagunas de Colores” y “Parque Madidi, Rurrenabaque y Pampas del Yacuma”, en mercados nacionales e internacionales.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Economía y Finanzas Públicas, y de Culturas y Turismo, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciocho días del mes de marzo del año dos mil quince.

 

FDO. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, José Hugo Moldiz Mercado, Jorge Ledezma Cornejo MINISTRO DE DEFENSA E INTERINO DE JUSTICIA, Rene Gonzalo Orellana Halkyer, Luis Alberto Arce Catacora, Luis Alberto Sanchez Fernandez, Ana Veronica Ramos Morales, Milton Claros Hinojosa, Félix Cesar Navarro Miranda, José Gonzalo Trigoso Agudo MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y PREVISIÓN SOCIAL E INTERINO DE TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN, Ariana Campero Nava, María Alexandra Moreira Lopez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Nemesia Achacollo Tola, Hugo José Siles Nuñez del Prado, Marko Marcelo Machicao Bankovic, Marianela Paco Duran, Tito Rolando Montaño Rivera.

 

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