DECRETO SUPREMO N° 0796
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
C O N S I D E R A N D O:
Que el numeral 13 del Parágrafo II del Artículo 298 de la Constitución Política del Estado, dispone que son competencias exclusivas del nivel central del Estado la elaboración y aprobación de estadísticas oficiales.
Que el Capítulo IV “Bolivia Productiva” del Plan Nacional de Desarrollo – PND aprobado por Decreto Supremo N° 29272, de 12 de septiembre de 2007, establece que es responsabilidad del Estado el acceso a la información, al conocimiento y a la comunicación como bienes públicos, a fin de intervenir en espacios que son de interés social, para promover servicios públicos en condiciones de calidad, continuidad y accesibilidad económica para eliminar la marginación y la exclusión, contribuyendo a la posibilidad de Vivir Bien.
Que el Estado Plurinacional de Bolivia a través del Proyecto “Fortalecimiento de la Capacidad Estadística y la Base de Información para la Planificación Basada en la Evidencia”, tiene como objetivo fortalecer la capacidad estadística a objeto de mejorar la base de información para proveer información de calidad en cuanto a confiabilidad, tiempo, exactitud y validez, con el nivel de desagregación necesario para apoyar los sistemas de planificación, diseño, monitoreo, y evaluación de las políticas y programas.
Que en este marco se ha gestionado ante el Banco Mundial - Asociación Internacional de Fomento – AIF, se suscriba un Convenio de Financiamiento por un monto de hasta DEGs31.900.000.- (TREINTA Y UN MILLONES NOVECIENTOS MIL 00/100 DERECHOS ESPECIALES DE GIRO) equivalentes a $us50.000.000.- (CINCUENTA MILLONES 00/100 DÓLARES ESTADOUNIDENSES), destinados a financiar el Proyecto “Fortalecimiento de la Capacidad Estadística y la Base de Información para la Planificación Basada en la Evidencia”.
Que es necesario aprobar las condiciones del Convenio de Financiamiento y autorizar su suscripción con el Banco Mundial - Asociación Internacional de Fomento – AIF, a objeto de materializar el financiamiento.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO ÚNICO.-
I. Se autoriza a la Ministra de Planificación del Desarrollo o en su defecto al Encargado de Negocios a.i. de la Embajada de Bolivia en los Estados Unidos de Norteamérica, a suscribir con el Banco Mundial, en nombre y representación del Estado Plurinacional de Bolivia, el Convenio de Financiamiento por un monto de hasta DEGs31.900.000.- (TREINTA Y UN MILLONES NOVECIENTOS MIL 00/100 DERECHOS ESPECIALES DE GIRO) equivalentes a $us50.000.000.- (CINCUENTA MILLONES 00/100 DÓLARES ESTADOUNIDENSES), destinados a financiar el Proyecto “Fortalecimiento de la Capacidad Estadística y la Base de Información para la Planificación Basada en la Evidencia”.
II. Suscrito el Convenio de Financiamiento, deberá ser remitido a consideración de la Asamblea Legislativa Plurinacional, en cumplimiento al numeral 10 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado.
III. Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas la suscripción de una Resolución Bi-Ministerial conjuntamente con el Ministerio de Planificación del Desarrollo, para la transferencia de recursos externos y ejecución del Proyecto al Instituto Nacional de Estadística – INE.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Planificación del Desarrollo, y de Economía y Finanzas Públicas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciséis días del mes de febrero del año dos mil once.
FDO. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Oscar Coca Antezana, Sacha Sergio Llorentty Soliz, Rubén Aldo Saavedra Soto, Elba Viviana Caro Hinojosa, Luís Alberto Arce Catacora, José Luís Gutiérrez Pérez, Ana Teresa Morales Olivera, Walter Juvenal Delgadillo Terceros, José Antonio Pimentel Castillo, Félix Rojas Gutiérrez, Nila Heredia Miranda, Julieta Mabel Monje Villa, Roberto Iván Aguilar Gómez, Nemesia Achacollo Tola, Carlos Romero Bonifaz, Nardy Suxo Iturry MINISTRA DE TRANSP. Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN E INTERINA DE JUSTICIA, Elizabeth Cristina Salguero Carrillo, Iván Jorge Canelas Alurralde.
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