DECRETO PRESIDENCIAL N°4280
JEANINE AÑEZ CHAVEZ
PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO: JEANINE AÑEZ CHAVEZ
PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Que el Parágrafo I del Artículo 165 de la Constitución Política del Estado, determina que el Órgano Ejecutivo está compuesto por la Presidenta o Presidente del Estado, la Vicepresidenta o Vicepresidente del Estado y las Ministras y/o Ministros de Estado.
Que los numerales 4 y 22 del Artículo 172 del Texto Constitucional, establecen que es atribución de la Presidenta del Estado Plurinacional, dirigir la administración pública y coordinar la acción de los Ministros de Estado; y designar a las Ministras y a los Ministros de Estado.
Que el Parágrafo I del Artículo 13 del Decreto Supremo N° 29894, de 7 de febrero de 2009, modificado por el Parágrafo I del Artículo 2 del Decreto Supremo N° 4257, de 4 de junio de 2020, señala la estructura organizativa del Órgano Ejecutivo compuesta por Ministras y Ministros del Estado Plurinacional de Bolivia, entre los que se encuentra el Ministros de Economía y Finanzas Públicas, y Desarrollo Productivo y Economía Plural.
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.-
I. Se designa al ciudadano OSCAR MIGUEL ORTIZ ANTELO, como MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, quien tomará posesión del cargo con las formalidades de rigor, previo cumplimiento de lo establecido por Ley.
II. Se designa al ciudadano JOSE ABEL MARTINEZ MRDEN, como MINISTRO DE DESARROLLO PRODUCTIVO Y ECONOMÍA PLURAL, quien tomará posesión del cargo con las formalidades de rigor, previo cumplimiento de lo establecido por Ley.
III. Se abrogan y derogan todas las disposiciones contrarias al presente Decreto Presidencial.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los siete días del mes de julio del año dos mil veinte.
FDO. JEANINE AÑEZ CHAVEZ
PRESIDENTA CONSTITUCIONAL
DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
FDO. JEANINE AÑEZ CHAVEZ
PRESIDENTA CONSTITUCIONAL
DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
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