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sábado, 25 de julio de 2020

DECRETO SUPREMO N° 4293 - Declarar DUELO NACIONAL en todo el territorio del Estado Plurinacional de Bolivia por tres (3) días, sin suspensión de actividades públicas y privadas, por el fallecimiento del ciudadano OSCAR JAVIER URENDA AGUILERA.

DECRETO SUPREMO N° 4293
JEANINE ÁÑEZ CHÁVEZ
PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que, Oscar Javier Urenda Aguilera nació en Santa Cruz de la Sierra el 19 de enero de 1948. Médico ginecólogo de profesión, formado en Argentina, Brasil y España. Presidente de la Sociedad de Ginecología y Obstetricia por su amplia trayectoria profesional. Fue presidente del Club Social 24 de Septiembre, Director del Comité Pro Santa Cruz y Diputado Nacional electo. Participó en la redacción de los Estatutos Autonómicos y es considerado como un luchador permanente por las autonomías de Santa Cruz. Además, fue segundo vicepresidente de la Cámara de Diputados y presidente de la Brigada Parlamentaria cruceña, también fue uno de los impulsores de la Ley del 10% del presupuesto para salud. En junio de 2010, asumió como Secretario de Salud y Políticas Sociales. En marzo de 2020, cuando Santa Cruz registraba el primer caso del Coronavirus (COVID-19) encabezó esta batalla, evitó que personal de primera línea sucumba ante el virus y puso su vida al servicio de la gente.
Que, la Presidenta Constitucional del Estado Plurinacional de Bolivia, en representación del pueblo boliviano, expresa su más profundo pesar y consternación por el sensible fallecimiento del ilustre ciudadano Oscar Javier Urenda Aguilera.
Que, en consideración al sentimiento de pesar de las ciudadanas y ciudadanos del Estado Plurinacional de Bolivia, corresponde emitir el presente Decreto Supremo.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.-
I.               Declarar DUELO NACIONAL en todo el territorio del Estado Plurinacional de Bolivia por tres (3) días, sin suspensión de actividades públicas y privadas, por el fallecimiento del ciudadano OSCAR JAVIER URENDA AGUILERA.
II.              En las instituciones públicas, la bandera del Estado Plurinacional de Bolivia será izada a media asta con crespón negro.

Los señores Ministros de Estado, en sus respectivos Despachos, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los veinticuatro días del mes de julio del año dos mil veinte.

FDO. JEANINE ÁÑEZ CHÁVEZ, Karen Longaric Rodríguez, Yerko M. Nuñez Negrete, Arturo Murillo Prijic, Luis Fernando López Julio MINISTRO DE DEFENSA E INTERINO DE SALUD, Víctor Hugo Zamora Castedo, Álvaro Rodrigo Guzmán Collao, José Abel Martínez Mrden MINISTRO DE DESARROLLO PRODUCTIVO Y ECONOMÍA PLURAL E INTERINO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, Iván Arias Durán MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS SERVICIOS Y VIVIENDA E INTERINO DE PLANIFICACION DEL DESARROLLO, Jorge Fernando Oropeza Teran, Álvaro Eduardo Coímbra Cornejo, Oscar Bruno Mercado Céspedes, María Elva Pinckert de Paz, Víctor Hugo Cárdenas Conde, Beatriz Eliane Capobianco Sandoval.

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