LEY N° 1269
LEY DE 23 DE DICIEMBRE DE 2019
LEY DE 23 DE DICIEMBRE DE 2019
JEANINE AÑEZ CHAVEZ
PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA: LEY EXCEPCIONAL PARA LA CONVOCATORIA
Y LA REALIZACIÓN DE ELECCIONES SUBNACIONALES
Y LA REALIZACIÓN DE ELECCIONES SUBNACIONALES
ARTÍCULO 1. La presente Ley tiene por objeto establecer excepcionalmente plazos para la convocatoria y la realización de las Elecciones Subnacionales 2020.
ARTÍCULO 2.
I. El Tribunal Supremo Electoral dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la posesión de la Presidenta o Presidente del Estado Plurinacional, emitirá la Convocatoria para las Elecciones Subnacionales 2020.
II. Las Elecciones Subnacionales 2020 se realizarán en un plazo máximo de ciento veinte (120) días calendario, a partir de la convocatoria.
ARTÍCULO 3. Las y los ciudadanos que hubieran sido reelectos de forma continua a un cargo electivo durante los dos periodos constitucionales anteriores, no podrán postularse como candidatos al mismo cargo electivo.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los veinte días del mes de diciembre del año dos mil diecinueve.
Fdo. Mónica Eva Copa Murga, Simón Sergio Choque Siñani, Rosario Rodríguez Cuellar, Eliana Mercier Herrera, Sandra Cartagena López, Ginna María Torrez Saracho.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintitrés días del mes de diciembre del año dos mil diecinueve.
FDO. JEANINE AÑEZ CHAVEZ, Yerko M. Núñez Negrette, Arturo Carlos Murillo Prijic, Luis Fernando López Julio, Carlos Melchor Diaz Villavicencio, José Luis Parada Rivero, Alvaro Eduardo Coimbra Cornejo, Roxana Lizarraga Vera.
ARTÍCULO 2.
I. El Tribunal Supremo Electoral dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la posesión de la Presidenta o Presidente del Estado Plurinacional, emitirá la Convocatoria para las Elecciones Subnacionales 2020.
II. Las Elecciones Subnacionales 2020 se realizarán en un plazo máximo de ciento veinte (120) días calendario, a partir de la convocatoria.
ARTÍCULO 3. Las y los ciudadanos que hubieran sido reelectos de forma continua a un cargo electivo durante los dos periodos constitucionales anteriores, no podrán postularse como candidatos al mismo cargo electivo.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los veinte días del mes de diciembre del año dos mil diecinueve.
Fdo. Mónica Eva Copa Murga, Simón Sergio Choque Siñani, Rosario Rodríguez Cuellar, Eliana Mercier Herrera, Sandra Cartagena López, Ginna María Torrez Saracho.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintitrés días del mes de diciembre del año dos mil diecinueve.
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