DECRETO SUPREMO N° 1692
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
C O N S I D E R A N D O:
Que el Decreto Supremo Nº 1607, de 12 de junio de 2013, autoriza al Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras transferir a título gratuito a favor del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, el bien inmueble ubicado en la Región de Seguencoma de la ciudad de La Paz, con destino exclusivo a la implementación del Campo Ferial “Chuquiago Marka”.
Que el Convenio Interministerial, suscrito en fecha 7 de febrero de 2011, entre el Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, el Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural y el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, establece los mecanismos para la ejecución del Proyecto de Construcción del Campo Ferial “Chuquiago Marka”, en el predio ubicado en la zona de Seguencoma, con recursos provenientes del Tesoro General de la Nación – TGN.
Que mediante Resolución Ministerial N° 040, de 14 de febrero de 2011, del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, se autoriza a la Unidad de Coordinación de Programas y Proyectos, la responsabilidad de gestión, administración, manejo, control y ejecución del Proyecto Construcción del Campo Ferial “Chuquiago Marka”, con recursos del TGN.
Que por la envergadura del Proyecto, éste se constituye en un emprendimiento nacional de naturaleza estatal, que pretende atender las necesidades de los actores sociales de la matriz productiva, fomentando la economía plural para cuya implementación y puesta en marcha, se precisan realizar de manera inmediata contrataciones de bienes y servicios para su equipamiento y el establecimiento de medidas de seguridad.
Que para dar cumplimiento a la implementación del Campo Ferial “Chuquiago Marka”, establecido mediante Decreto Supremo Nº 1607, es necesario autorizar al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas a través de la Unidad de Coordinación de Programas y Proyectos la implementación técnica, administrativa y legal del mismo.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO ÚNICO.-
I. Autorizar al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas a través de la Unidad de Coordinación de Programas y Proyectos – UCPP, la contratación directa de bienes y servicios para la implementación del Campo Ferial “Chuquiago Marka”, que en Anexo adjunto se describen.
II. El procedimiento para la contratación establecida en el Parágrafo anterior, será aprobado mediante Resolución Ministerial expresa del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.
III. Para la formalización del proceso de contratación, en contrataciones directas con cuantías mayores a Bs20.000.- (VEINTE MIL 00/100 BOLIVIANOS), se solicitará el Certificado de Registro Único de Proveedores del Estado – RUPE.
IV. Una vez realizadas las contrataciones directas, la UCPP deberá:
Remitir una copia del contrato y sus antecedentes a la Contraloría General del Estado;
Registrar la información de la contratación directa en el Sistema de Contrataciones Estatales – SICOES, cuando el monto sea mayor a Bs20.000.- (VEINTE MIL 00/100 BOLIVIANOS).
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA.- Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas a través de la UCPP, gestionar la implementación técnica, administrativa y legal del Campo Ferial “Chuquiago Marka”, y asumir su administración, en tanto se designe a la entidad que se hará cargo del Campo Ferial.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Economía y Finanzas Publicas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de agosto del año dos mil trece.
FDO. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Rubén Aldo Saavedra Soto, Elba Viviana Caro Hinojosa, Juan José Hernando Sosa Soruco, Ana Teresa Morales Olivera, Arturo Vladimir Sánchez Escobar, Mario Virreira Iporre, Cecilia Luisa Ayllon Quinteros, Daniel Santalla Torrez, Juan Carlos Calvimontes Camargo, José Antonio Zamora Gutiérrez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Nemesia Achacollo Tola MINISTRA DE DESARROLLO RURAL Y TIERRAS E INTERINA DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, Nardy Suxo Iturry MINISTRA DE TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN E INTERINA DE AUTONOMÍAS, Pablo Cesar Groux Canedo, Amanda Dávila Torres.
ANEXO D.S. Nº 1692
ÍTEM |
PARTIDA DE GASTO |
DESCRIPCIÓN |
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1 |
34500 |
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2 |
43110 |
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3 |
43110 |
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4 |
43200 |
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5 |
43400 |
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6 |
43500 |
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7 |
43500 |
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8 |
43600 |
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9 |
43600 |
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10 |
43700 |
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11 |
43700 |
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12 |
43700 |
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