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lunes, 13 de julio de 2020

LEY Nº 445 - Declárese el día 5 de septiembre de cada año, “Día Nacional de la Mujer Indígena Originaria Campesina del Estado Plurinacional de Bolivia”.

LEY Nº 445
LEY DE 2 DE DICIEMBRE DE 2013

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

D E C R E T A :

Artículo 1. Declárese el día 5 de septiembre de cada año, “Día Nacional de la Mujer Indígena Originaria Campesina del Estado Plurinacional de Bolivia”.

Artículo 2. El Órgano Ejecutivo y las Entidades Territoriales Autónomas, en el marco de sus competencias y en coordinación con las organizaciones de mujeres, implementarán actividades de conmemoración, concientización e inclusión de las mujeres indígenas originarias campesinas dentro del proceso integrador del Estado Plurinacional de Bolivia.

Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los trece días del mes de noviembre del año dos mil trece.

Fdo. Nélida Sifuentes Cueto, Lucio Marca Mamani, Andrés Agustín Villca Daza, Claudia Jimena Torres Chávez, Galo Silvestre Bonifaz, Ángel David Cortés Villegas.

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dos días del mes de diciembre del año dos mil trece.

FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Claudia Stacy Peña Claros, Amanda Dávila Torres.


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