LEY Nº 432
LEY DE 11 DE NOVIEMBRE DE 2013
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
D E C R E T A :
ARTÍCULO ÚNICO.
De conformidad con el Artículo 158, Parágrafo I, Numeral 13, de la
Constitución Política del Estado, se aprueba la enajenación del lote de
terreno Nº 3, con una superficie de 300,00 metros cuadrados, de un total
de 5.516,75 metros cuadrados, ubicados en la zona Rincón-La Portada de
la ciudad de La Paz, de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de La
Paz, inscrito en el registro de Derechos Reales bajo la Matrícula
Computarizada de Folio Real Nº 2.01.0.99.0110689; cuyas colindancias
son: al Norte, con la calle Bella Vista; al Sur, con la avenida Naciones
Unidas-Ballivian; al Este, con el lote Nº 2 de propiedad del señor
Hilarión Suxo; y al Oeste, con una área residual y con la avenida
Naciones Unidas-Ballivian; a favor de Catalina Ayala Calderón Viuda de
Alcón, Fidel Alejandro Alcón Ayala, Susana Natividad Alcón de Plata,
Teresa Alcón Ayala y Edgar Porfirio Alcón Ayala (herederos ab-intestato
de Fernando Alcón Quisbert), conforme a lo establecido en la Ordenanza
Municipal Nº 067/2011 de 21 de noviembre de 2011, en compensación de la
expropiación realizada mediante Ordenanza Municipal Nº 75/92 HAM-HCM
87/92 de 4 de diciembre 1992.
Remítase al Órgano Ejecutivo, para fines Constitucionales.
Es
dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a
los veintitrés días del mes de octubre de dos mil trece años.
Fdo.
Lilly Gabriela Montaño Viaña, Yusser Rolando Villarroel Garviso, Andrés
Agustín Villca Daza, Marcelina Chavez Salazar, Marcelo Elío Chávez,
Galo Silvestre Bonifaz.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los once días del mes de noviembre del año dos mil trece.
FDO. EVO MORALES AYMA Juan Ramón Quintana Taborga, Claudia Stacy Peña Claros, Amanda Dávila Torres.
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