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domingo, 5 de julio de 2020

LEY Nº 429 - Se amplía el plazo para la ejecución del proceso de saneamiento de la propiedad agraria en cuatro (4) años

LEY Nº 429
LEY DE 31 DE OCTUBRE DE 2013

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:


LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

D E C R E T A :

Artículo Único. Se amplía el plazo para la ejecución del proceso de saneamiento de la propiedad agraria en cuatro (4) años, plazo que regirá una vez concluida la vigencia de la Ley N° 3501 de 19 de octubre de 2006.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

ÚNICA. Los procesos de saneamiento que a la conclusión del plazo establecido en la presente Ley, queden en curso o fueran objeto de nulidad, deberán ser procesados hasta su conclusión por el Instituto Nacional de Reforma Agraria – INRA, en el marco de la normativa vigente.

Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los diecisiete días del mes de octubre del año dos mil trece.

Fdo. Nélida Sifuentes Cueto, Betty Asunta Tejada Soruco, Claudia Jimena Torres Chávez, Marcelina Chávez Salazar, Marcelo Elío Chávez, Angel David Cortéz Villegas.

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta y un días del mes de octubre del año dos mil trece.


FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Nemesia Achacollo Tola, Amanda Dávila Torres. 

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