LEY Nº 241
LEY DE 16 DE MAYO DE 2012
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
D E C R E T A :
Artículo Único.
I. De
conformidad a lo establecido en la Atribución 10ª, parágrafo I del
Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, apruébase el
Contrato de Préstamo, suscrito entre el Estado Plurinacional de Bolivia y
la Corporación Andina de Fomento – CAF, en fecha 16 de diciembre de
2011, por un monto de hasta $us.75.000.000.- (SETENTA Y CINCO MILLONES
00/100 DÓLARES ESTADOUNIDENSES), destinados a financiar el programa
Puesta a Punto de Carreteras.
II.
Los Gobiernos Autónomos Departamentales respectivos, proporcionarán el
financiamiento de contrapartida para el Programa Puesta a Punto de
Carreteras, en el porcentaje que les corresponda.
Remítase al Órgano Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es
dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a
los veinticinco días del mes de abril del año dos mil doce.
Fdo.
Lilly Gabriela Montaño Viaña, Richard Cordel Ramírez, Mary Medina
Zabaleta, María Elena Méndez León, Luis Alfaro Arias, Ángel David Cortés
Villegas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciséis días del mes de mayo de dos mil doce años.
FDO. EVO MORALES AYMA, Juan
Ramón Quintana Taborga, David Choquehuanca Céspedes, Elba Viviana Caro
Hinojosa, Arturo Vladimir Sánchez Escobar, Claudia Stacy Peña Claros.
No hay comentarios:
Publicar un comentario