El Pleno de la Cámara de Diputados sancionó ayer la “Ley de Elección Directa de Representantes ante Organismos Parlamentarios Supraestatales”, con las modificaciones remitidas por el Senado.
Las reformas aprobadas por el Senado, en consenso con los parlamentarios supraestatales, incorpora en el artículo 18 de la ley un inciso, que establece que esas autoridades gozan de inviolabilidad personal, tanto en el territorio nacional como en el extranjero durante el tiempo de su mandato, en el marco de la Constitución Política del Estado (CPE).
También se incorporó al artículo 30 un parágrafo cuarto, que establece su participación en las brigadas parlamentarias con derecho a voz y no a voto.
La norma sancionada por unanimidad precisa la dependencia administrativa y financiera de la representación parlamentaria internacional con la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP).
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