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miércoles, 9 de abril de 2014
Senadores sancionan modificaciones al proyecto de Ley de la Empresa Pública
El pleno de la Cámara de Senadores sancionó el proyecto de Ley 175 que modifica los artículos 50 y 51, más la disposición adicional octava de la Ley de la Empresa Pública sobre las formas de financiamiento con instituciones bancarias nacionales y del extranjero, según un boletín institucional.
Esa reforma determina que para adquirir un financiamiento externo se actuará de acuerdo a lo dispuesto por la Constitución Política del Estado (CPE), que exige la aprobación previa de la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP).
Las modificaciones se remiten al inciso a del parágrafo I perteneciente al artículo 50, encaminados a la apertura del régimen de financiamiento.
'En base a la aprobación de la Ley de Servicios Financieros, se introducen variables sobre los techos que trabajarán las tasas de financiamiento como los créditos de la banca privada o pública y los títulos valores crediticios y otras fuentes de financiamiento interno', señala una nota de prensa de la Unidad de Comunicación del Senado.
'El parágrafo IV del mismo artículo hace referencia a la sola obtención de créditos internos previa autorización emitida por el COSEEP (Consejo Superior Estratégico de la Empresa Pública), destinados exclusivamente al financiamiento de proyectos de inversión de las empresas públicas, mediante el uso prioritario de agencias de bolsa vinculadas a entidades bancarias públicas' agrega esa nota.
Otra modificación del artículo 50, incorpora el parágrafo V de la Ley N 466 que observa lo previsto en el numeral 10 del artículo 158 y el artículo 322 de la CPE, que hacen referencia a la 'aprobación previa de la contratación de empréstitos y deuda pública por parte de la ALP'.
En relación a la modificación en el parágrafo I del artículo 51, marca la gestión de la emisión de títulos valores crediticios en mercados de capital externos 'previa autorización del COSEEP, por parte del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas y no así como fue velado en un primer momento por parte del Ministerio de Planificación del Desarrollo'.
En la disposición adicional octava se incorpora el parágrafo IV y V, para 'precautelar la sostenibilidad financiera del SEDEM, la aprobación de las directrices necesarias de cumplimiento obligatorio para las instancias involucradas por parte del Órgano Rector del Sistema Nacional de Tesorería y Crédito Público', concluye la nota.
martes, 8 de abril de 2014
Jurista sostiene que el Código Penal tiene “grandes falencias”
El abogado Jorge Valda Daza sostiene que el Código Penal tiene "grandes falencias” y componentes que entre sí generan "confusión”, por lo que requiere ser sistematizado. Llegó a esa conclusión en la presentación de su libro Código Penal boliviano comentado.
"Se puede evidenciar que nuestra ley penal también tiene grandes falencias, tiene muchos elementos que superar, tiene demasiados componentes que entre sí generan confusión”, sostuvo Valda Daza.
El abogado aseguró que el Poder Legislativo al momento de "legislar en la vida penal”, no adoptó una tarea sistemática en las modificaciones que se hicieron en el texto de ese código.
Recordó que tras sufrir reformas y cambios desde 1972, el Código Penal tiene "una pluralidad de identidades sobre todo en cuanto a la concepción misma del delito”. Sin ir más lejos, sostuvo que en los últimos 12 meses, ese texto sufrió más de 50 modificaciones, a través de leyes tratadas en el Legislativo.
Valda manifestó que el Código Penal debe estar adecuado "a la realidad de la civilización que pretende normar” y aseguró que "nuestra colectividad permanentemente ha ido evolucionando en cuanto a la concepción de qué es lo que se quiere proteger y qué es lo que se quiere alcanzar a través de la ley penal”.
Por ello, afirmó que es necesario sistematizar el código, porque "a través de parches, modificaciones independientes, sin entender el contexto de lo que representa la normativa jurídico criminal en Bolivia, no estamos aportando a una solución eficaz”.
El trabajo
El texto Código Penal boliviano comentado se presentó el pasado jueves en la facultad de Derecho de la Universidad Mayor de San Andrés (UMSA). Valda subrayó que con este trabajo -que con esta última tiene tres ediciones- pretende "reivindicar la concepción de ciencia jurídico-penal”.
Este abogado manifestó que cuando el Código Penal se convierte en un mecanismo de presión, de extorsión o persecución "no está sirviendo al Estado”, sino que en realidad al ser instrumentalizado "para fines ajenos a la protección de la sociedad” beneficia "al poder”. "La ley penal es la representación del derecho que tiene el Estado de castigar conductas que se consideran prohibidas”, explicó.
Por su parte, Gustavo Camacho, docente de derecho penal de la UMSA, calificó a la obra como un "documento académico trascendente” y que debería ser de lectura oblitadoria de los estudiantes de Derecho.
Además el catedrático afirmó que el trabajo comparativo que realizó Valda "nos muestra las grandes deficiencias del ordenamiento jurídico penal y de la necesidad de grandes reformas”.
Julio Mallea, decano de la facultad de Derecho de esa misma casa de estudios, sostuvo que en los pocos años que lleva de catedrático en esa universidad, Valda "está haciendo un aporte importante a la investigación, a la docencia y a la formación de los nuevos abogados”.
Mallea felicitó a este jurista por el "aporte” que hizo a la academia con su trabajo, y aseguró que docentes como Valda permitirán a esa facultad "elevar el nivel académico para buscar la excelencia académica y también buscar la reacreditación internacional”.
En detalles
El texto El libro Código Penal boliviano comentado se presentó el pasado jueves en la facultad de Derecho de la Universidad Mayor de San Andrés.
La tercera El texto elaborado por el abogado Jorge Valda lleva ya tres ediciones. El decano de la facultad de la UMSA, Julio Mallea, felicitó al autor y le dijo que como docente está haciendo un aporte a la investigación y a la formación de los nuevos abogados.
Sistematizar Valda sostiene que el Código Penal presenta varias "falencias”, elementos que generan confusión, por lo que es necesario sistematizarlo.
"Se puede evidenciar que nuestra ley penal también tiene grandes falencias, tiene muchos elementos que superar, tiene demasiados componentes que entre sí generan confusión”, sostuvo Valda Daza.
El abogado aseguró que el Poder Legislativo al momento de "legislar en la vida penal”, no adoptó una tarea sistemática en las modificaciones que se hicieron en el texto de ese código.
Recordó que tras sufrir reformas y cambios desde 1972, el Código Penal tiene "una pluralidad de identidades sobre todo en cuanto a la concepción misma del delito”. Sin ir más lejos, sostuvo que en los últimos 12 meses, ese texto sufrió más de 50 modificaciones, a través de leyes tratadas en el Legislativo.
Valda manifestó que el Código Penal debe estar adecuado "a la realidad de la civilización que pretende normar” y aseguró que "nuestra colectividad permanentemente ha ido evolucionando en cuanto a la concepción de qué es lo que se quiere proteger y qué es lo que se quiere alcanzar a través de la ley penal”.
Por ello, afirmó que es necesario sistematizar el código, porque "a través de parches, modificaciones independientes, sin entender el contexto de lo que representa la normativa jurídico criminal en Bolivia, no estamos aportando a una solución eficaz”.
El trabajo
El texto Código Penal boliviano comentado se presentó el pasado jueves en la facultad de Derecho de la Universidad Mayor de San Andrés (UMSA). Valda subrayó que con este trabajo -que con esta última tiene tres ediciones- pretende "reivindicar la concepción de ciencia jurídico-penal”.
Este abogado manifestó que cuando el Código Penal se convierte en un mecanismo de presión, de extorsión o persecución "no está sirviendo al Estado”, sino que en realidad al ser instrumentalizado "para fines ajenos a la protección de la sociedad” beneficia "al poder”. "La ley penal es la representación del derecho que tiene el Estado de castigar conductas que se consideran prohibidas”, explicó.
Por su parte, Gustavo Camacho, docente de derecho penal de la UMSA, calificó a la obra como un "documento académico trascendente” y que debería ser de lectura oblitadoria de los estudiantes de Derecho.
Además el catedrático afirmó que el trabajo comparativo que realizó Valda "nos muestra las grandes deficiencias del ordenamiento jurídico penal y de la necesidad de grandes reformas”.
Julio Mallea, decano de la facultad de Derecho de esa misma casa de estudios, sostuvo que en los pocos años que lleva de catedrático en esa universidad, Valda "está haciendo un aporte importante a la investigación, a la docencia y a la formación de los nuevos abogados”.
Mallea felicitó a este jurista por el "aporte” que hizo a la academia con su trabajo, y aseguró que docentes como Valda permitirán a esa facultad "elevar el nivel académico para buscar la excelencia académica y también buscar la reacreditación internacional”.
En detalles
El texto El libro Código Penal boliviano comentado se presentó el pasado jueves en la facultad de Derecho de la Universidad Mayor de San Andrés.
La tercera El texto elaborado por el abogado Jorge Valda lleva ya tres ediciones. El decano de la facultad de la UMSA, Julio Mallea, felicitó al autor y le dijo que como docente está haciendo un aporte a la investigación y a la formación de los nuevos abogados.
Sistematizar Valda sostiene que el Código Penal presenta varias "falencias”, elementos que generan confusión, por lo que es necesario sistematizarlo.
Proyecto de Ley de Minería fija propiedad privada del agua
Organizaciones sociales y campesinas alertaron sobre la inconstitucionalidad de la propuesta de Ley Minera que reconoce la propiedad privada del agua y su uso en favor de actividades mineras, situación que afectará la producción agrícola, la soberanía alimentaria y la vida de toda la población según denunciaron representantes de la Federación de Regantes de Cochabamba.
El dirigente de ese sector Valentín García dijo que esta norma integra el término “agua de dominio privado”, que fue rechazado por una Guerra del Agua y posteriormente reforzado por la Constitución Política del Estado (CPE).
“En nuestro país no existe agua privada, no se puede privatizar ni negociar”, reprochó el representante.
Organizaciones sociales y campesinas alertaron sobre la inconstitucionalidad de la propuesta de Ley Minera que reconoce la propiedad privada del agua y su uso en favor de actividades mineras, situación que afectará la producción agrícola, la soberanía alimentaria y la vida de toda la población según denunciaron representantes de la Federación de Regantes de Cochabamba.
El dirigente de ese sector Valentín García dijo que esta norma integra el término “agua de dominio privado”, que fue rechazado por una Guerra del Agua y posteriormente reforzado por la Constitución Política del Estado (CPE).
“En nuestro país no existe agua privada, no se puede privatizar ni negociar”, reprochó el representante.
El inciso VII) del artículo 111 de la mencionada propuesta normativa dice que, “En la eventualidad de que no existiera acuerdo entre el titular de los derechos mineros y el o los titulares de derechos del agua del dominio privado para su uso por el titular minero, este último podrá presentar ante el Director Departamental o Regional competente, solicitud de autorización administrativa para el reconocimiento del derecho de uso”.
Asimismo, la norma le otorga a los mineros variar los cursos de agua a sola solicitud al Director Departamental o Regional competente.
El director de Cuencas del Departamento, Zenón Miranda, señaló que de no modificarse esta propuesta, la Ley Minera estaría vulnerando derechos y garantías de comunidades campesinas y de la población en general.
La CPE establece que los recursos hídricos, sean estos superficiales y subterráneos “no podrán ser objeto de apropiaciones privadas, y tanto ellos como sus servicios no serán concesionados”, dice el artículo 373.
Datos.
Constitución Política del Estado
El agua constituye un derecho fundamentalí́simo para la vida, en el marco de la soberanía del pueblo (Art. 373. Inciso II).
Proyecto Minero
Los operadores mineros que gozan de derechos legales de uso de aguas o de servicios de provisión de agua: 1) en zonas concesibles, ii) bajo jurisdicción municipal, o iii) bajo cualquier otro régimen legal, continuarán ejerciendo dichos derechos de acuerdo a normativa vigente. (Art. 111. Inciso a), II).
Los titulares de Autorizaciones Transitorias Especiales (ATE) de aguas -exconcesiones mineras de aguas- continuarán ejerciendo sus derechos, debiendo sin embargo, sujetarse a las normas de adecuación a Contrato Administrativo Minero previstos en la presente Ley cuando se demuestre que la exconcesión minera de aguas está destinada al servicio de una ATE, que a su vez, se sujeta al régimen de adecuación. (Art. 111. Inciso b), II). Para el uso de aguas de dominio privado o comunitario, el actor productivo minero deberá llegar a un acuerdo con el titular, y a falta de ello, cumplir con los trámites de autorización administrativa.
El inciso VII) del artículo 111 de la mencionada propuesta normativa dice que, “En la eventualidad de que no existiera acuerdo entre el titular de los derechos mineros y el o los titulares de derechos del agua del dominio privado para su uso por el titular minero, este último podrá presentar ante el Director Departamental o Regional competente, solicitud de autorización administrativa para el reconocimiento del derecho de uso”.
Asimismo, la norma le otorga a los mineros variar los cursos de agua a sola solicitud al Director Departamental o Regional competente.
El director de Cuencas del Departamento, Zenón Miranda, señaló que de no modificarse esta propuesta, la Ley Minera estaría vulnerando derechos y garantías de comunidades campesinas y de la población en general.
La CPE establece que los recursos hídricos, sean estos superficiales y subterráneos “no podrán ser objeto de apropiaciones privadas, y tanto ellos como sus servicios no serán concesionados”, dice el artículo 373.
Datos.
Constitución Política del Estado
El agua constituye un derecho fundamentalí́simo para la vida, en el marco de la soberanía del pueblo (Art. 373. Inciso II).
Proyecto Minero
Los operadores mineros que gozan de derechos legales de uso de aguas o de servicios de provisión de agua: 1) en zonas concesibles, ii) bajo jurisdicción municipal, o iii) bajo cualquier otro régimen legal, continuarán ejerciendo dichos derechos de acuerdo a normativa vigente. (Art. 111. Inciso a), II).
Los titulares de Autorizaciones Transitorias Especiales (ATE) de aguas -exconcesiones mineras de aguas- continuarán ejerciendo sus derechos, debiendo sin embargo, sujetarse a las normas de adecuación a Contrato Administrativo Minero previstos en la presente Ley cuando se demuestre que la exconcesión minera de aguas está destinada al servicio de una ATE, que a su vez, se sujeta al régimen de adecuación. (Art. 111. Inciso b), II). Para el uso de aguas de dominio privado o comunitario, el actor productivo minero deberá llegar a un acuerdo con el titular, y a falta de ello, cumplir con los trámites de autorización administrativa.
El dirigente de ese sector Valentín García dijo que esta norma integra el término “agua de dominio privado”, que fue rechazado por una Guerra del Agua y posteriormente reforzado por la Constitución Política del Estado (CPE).
“En nuestro país no existe agua privada, no se puede privatizar ni negociar”, reprochó el representante.
Organizaciones sociales y campesinas alertaron sobre la inconstitucionalidad de la propuesta de Ley Minera que reconoce la propiedad privada del agua y su uso en favor de actividades mineras, situación que afectará la producción agrícola, la soberanía alimentaria y la vida de toda la población según denunciaron representantes de la Federación de Regantes de Cochabamba.
El dirigente de ese sector Valentín García dijo que esta norma integra el término “agua de dominio privado”, que fue rechazado por una Guerra del Agua y posteriormente reforzado por la Constitución Política del Estado (CPE).
“En nuestro país no existe agua privada, no se puede privatizar ni negociar”, reprochó el representante.
El inciso VII) del artículo 111 de la mencionada propuesta normativa dice que, “En la eventualidad de que no existiera acuerdo entre el titular de los derechos mineros y el o los titulares de derechos del agua del dominio privado para su uso por el titular minero, este último podrá presentar ante el Director Departamental o Regional competente, solicitud de autorización administrativa para el reconocimiento del derecho de uso”.
Asimismo, la norma le otorga a los mineros variar los cursos de agua a sola solicitud al Director Departamental o Regional competente.
El director de Cuencas del Departamento, Zenón Miranda, señaló que de no modificarse esta propuesta, la Ley Minera estaría vulnerando derechos y garantías de comunidades campesinas y de la población en general.
La CPE establece que los recursos hídricos, sean estos superficiales y subterráneos “no podrán ser objeto de apropiaciones privadas, y tanto ellos como sus servicios no serán concesionados”, dice el artículo 373.
Datos.
Constitución Política del Estado
El agua constituye un derecho fundamentalí́simo para la vida, en el marco de la soberanía del pueblo (Art. 373. Inciso II).
Proyecto Minero
Los operadores mineros que gozan de derechos legales de uso de aguas o de servicios de provisión de agua: 1) en zonas concesibles, ii) bajo jurisdicción municipal, o iii) bajo cualquier otro régimen legal, continuarán ejerciendo dichos derechos de acuerdo a normativa vigente. (Art. 111. Inciso a), II).
Los titulares de Autorizaciones Transitorias Especiales (ATE) de aguas -exconcesiones mineras de aguas- continuarán ejerciendo sus derechos, debiendo sin embargo, sujetarse a las normas de adecuación a Contrato Administrativo Minero previstos en la presente Ley cuando se demuestre que la exconcesión minera de aguas está destinada al servicio de una ATE, que a su vez, se sujeta al régimen de adecuación. (Art. 111. Inciso b), II). Para el uso de aguas de dominio privado o comunitario, el actor productivo minero deberá llegar a un acuerdo con el titular, y a falta de ello, cumplir con los trámites de autorización administrativa.
El inciso VII) del artículo 111 de la mencionada propuesta normativa dice que, “En la eventualidad de que no existiera acuerdo entre el titular de los derechos mineros y el o los titulares de derechos del agua del dominio privado para su uso por el titular minero, este último podrá presentar ante el Director Departamental o Regional competente, solicitud de autorización administrativa para el reconocimiento del derecho de uso”.
Asimismo, la norma le otorga a los mineros variar los cursos de agua a sola solicitud al Director Departamental o Regional competente.
El director de Cuencas del Departamento, Zenón Miranda, señaló que de no modificarse esta propuesta, la Ley Minera estaría vulnerando derechos y garantías de comunidades campesinas y de la población en general.
La CPE establece que los recursos hídricos, sean estos superficiales y subterráneos “no podrán ser objeto de apropiaciones privadas, y tanto ellos como sus servicios no serán concesionados”, dice el artículo 373.
Datos.
Constitución Política del Estado
El agua constituye un derecho fundamentalí́simo para la vida, en el marco de la soberanía del pueblo (Art. 373. Inciso II).
Proyecto Minero
Los operadores mineros que gozan de derechos legales de uso de aguas o de servicios de provisión de agua: 1) en zonas concesibles, ii) bajo jurisdicción municipal, o iii) bajo cualquier otro régimen legal, continuarán ejerciendo dichos derechos de acuerdo a normativa vigente. (Art. 111. Inciso a), II).
Los titulares de Autorizaciones Transitorias Especiales (ATE) de aguas -exconcesiones mineras de aguas- continuarán ejerciendo sus derechos, debiendo sin embargo, sujetarse a las normas de adecuación a Contrato Administrativo Minero previstos en la presente Ley cuando se demuestre que la exconcesión minera de aguas está destinada al servicio de una ATE, que a su vez, se sujeta al régimen de adecuación. (Art. 111. Inciso b), II). Para el uso de aguas de dominio privado o comunitario, el actor productivo minero deberá llegar a un acuerdo con el titular, y a falta de ello, cumplir con los trámites de autorización administrativa.
El ‘vice’ firmó decreto que evita licitar
El decreto supremo 1497, que abre las puertas a las contrataciones sin licitación en todas las empresas del Estado, fue creado por el vicepresidente Álvaro García Linera, que en ese momento fungía como presidente en ejercicio.
En la norma, del 20 de febrero de 2013, también firman los ministros Juan Ramón Quinta, Carlos Romero, Rubén Saavedra, Luis Arce Catacora, Juan José Hernando Sosa, Ana Teresa Morales, Arturo Vladimir Sánchez, Mario Virreira, Cecilia Ayllón, Daniel Santalla, Juan Carlos Calvimontes, Roberto Aguilar, Claudia Peña, Nardy Suxo, Pablo Groux y Amanda Dávila.
El decreto modifica el artículo 83 del decreto 181 e instruye que las Empresas Públicas Nacionales Estratégicas (EPNE) “deberán realizar todos sus procesos de contratación de bienes y servicios de manera directa”, sin límite de cuantía. Es decir, por cualquier monto.
BoA argumentó que el cuestionado contrato con la empresa Air Catering se ampara en este decreto y en el 181, al ser por invitación directa.
Vulnera la Constitución
“Este decreto vulnera los derechos de todos los bolivianos, ya que, al no existir licitaciones, se eliminan los instrumentos de transparencia de la cosa pública. Incluso vulnera los derechos de las otras personas o empresas que pueden ofrecer los mismos productos o servicios, pero que al no ser afines al Gobierno no se benefician con la adjudicación”, advierte el abogado Jorge Quiroz, especialista en derecho penal y constitucional.
Quiroz dejó abierta la posibilidad de que en el marco de este decreto también se estén adquiriendo compras millonarias, como aviones presidenciales, helicópteros y carros de seguridad, entre otros.
El jurista consideró que el decreto vulnera la Constitución Política del Estado. “El Gobierno ha encontrado que es más fácil gobernar por decretos que por leyes, ya que evita la discusión en la Asamblea Plurinacional y solo lo firma el presidente y sus ministros. Hay una premeditación y alevosía frente a los intereses del pueblo”, explicó.
Suxo pide una denuncia
La ministra de Transparencia, Nardy Suxo, salió al paso de las preguntas de los periodistas y señaló que el caso del vicepresidente y su cuñada que es socia de Air Catering debería investigarse por la Ley Anticorrupción, como uso indebido de influente, delito que también está contemplado en el Código Penal.
Sin embargo, aseguró que el caso no llegó a su oficina, que solo lo conoce a través de los medios de comunicación y que su despacho no realiza investigaciones de oficio, por lo que requiere de una denuncia
EL DECRETO
LA MODIFICACIÓN CLAVE
El decreto supremo 1497 introduce modificación al DS 181, del 28 de junio de 2009, y permite que las empresas del Estado eliminen la licitación pública.
EL TEXTO A LA LETRA
Art. 4 (inciso 18) “Las Empresa Públicas Nacionales Estratégicas (ENPE), de acuerdo a su naturaleza jurídica, en base a su función de producción y generación de excedentes, deberán realizar todos sus procesos de contrataciones de bienes y servicios de manera directa. Los procedimientos, garantías y demás condiciones deben ser reglamentadas por cada ENPE (...)”.
La fiscalía rechaza denuncia de Murillo
El Ministerio Público de Cochabamba ‘desestimó’ la denuncia hecha por el vocero de Unidad Nacional (UN), Arturo Murillo, contra el autor o los autores del contrato entre BoA y la empresa Air Catering, por Bs 18 millones, por la comisión del delito de uso indebido de influencias.
Murillo lamentó esta situación y dijo: “El contralor de la República es un exdiputado del MAS, el fiscal general es un exconstituyente del MAS y acusado de ser parte del gabinete que persigue a los políticos. Entonces, ¿qué podemos esperar de esa gente? Vamos a presentar una denuncia en Sucre y otra nueva en Cochabamba. Si no nos dan importancia en Bolivia, vamos a apelar a instancias internacionales”.
Según Murillo, esto respondería a toda una estructura de poder con intereses económicos.
ANÁLISIS
Los que están en el poder son intocables
Jorge Lazarte - Analista Político
Hay un problema legal, moral y político. Lo legal debiera resolverse en las instancias pertinentes y una de ellas es la Contraloría, pero ya adelantó que no lo hará, con lo que refuerza la idea de que los que están en el poder son intocables. En lo moral, el vicepresidente Álvaro García Linera dijo que el contrato no es aceptable y que si dependiera de él lo rompería. Lo que dijo es una prueba de cómo las autoridades políticas del país entienden el tema de la justicia. Lo correcto era que el vicepresidente diga que la justicia investigue el caso y no pedir que se rescinda, porque de lo contrario demuestra que desde el Poder Ejecutivo se decide lo que hay que hacer judicialmente. Y en lo político, ha mostrado que este Gobierno en vez de generar un cambio no hace más que repetir viejos esquemas de poder
BoA confirma que air catering sigue en pie
La aerolínea estatal BoA confirmó a EL DEBER que la empresa Air Catering continúa trabajando hasta la fecha y que el contrato vigente es por un año.
“Es evidente que la empresa citada presta servicios de abastecimiento de alimentos para pasajeros en cumplimiento al contrato vigente, de acuerdo al mismo, existe un plazo definido para esta prestación hasta el 31 de diciembre del presente año”, respondió Gonzalo Mayorga, jefe del Departamento de Planificación y Control de Gestión de BoA.
La declaración respondió a la consulta de si existe un plazo para el contrato, después que hace más de 10 días el vicepresidente Álvaro García Linera ordenó su rescisión.
Sobre el proceso de rescisión y los pasos que se van a seguir, Mayorga explicó que “toda contratación está regida por la normativa específica que emerge del modelo administrativo de la ley 1178 (Ley Safco) y la reglamentación complementaria, por tanto, cualquier proceso de rescisión de contrato se rige a la misma normativa”.
El ejecutivo aseguró que una posible indemnización a la empresa adjudicataria emerge de las causales de rescisión y de las responsabilidades de cada una de las partes, aunque no especificó esas causales del contrato.
La semana pasada, el abogado de Air Catering, Luis Butikoffer, declaró a este diario que el contrato es legal y que la empresa no dejará de trabajar mientras no exista un proceso y una instructiva oficial.
En la norma, del 20 de febrero de 2013, también firman los ministros Juan Ramón Quinta, Carlos Romero, Rubén Saavedra, Luis Arce Catacora, Juan José Hernando Sosa, Ana Teresa Morales, Arturo Vladimir Sánchez, Mario Virreira, Cecilia Ayllón, Daniel Santalla, Juan Carlos Calvimontes, Roberto Aguilar, Claudia Peña, Nardy Suxo, Pablo Groux y Amanda Dávila.
El decreto modifica el artículo 83 del decreto 181 e instruye que las Empresas Públicas Nacionales Estratégicas (EPNE) “deberán realizar todos sus procesos de contratación de bienes y servicios de manera directa”, sin límite de cuantía. Es decir, por cualquier monto.
BoA argumentó que el cuestionado contrato con la empresa Air Catering se ampara en este decreto y en el 181, al ser por invitación directa.
Vulnera la Constitución
“Este decreto vulnera los derechos de todos los bolivianos, ya que, al no existir licitaciones, se eliminan los instrumentos de transparencia de la cosa pública. Incluso vulnera los derechos de las otras personas o empresas que pueden ofrecer los mismos productos o servicios, pero que al no ser afines al Gobierno no se benefician con la adjudicación”, advierte el abogado Jorge Quiroz, especialista en derecho penal y constitucional.
Quiroz dejó abierta la posibilidad de que en el marco de este decreto también se estén adquiriendo compras millonarias, como aviones presidenciales, helicópteros y carros de seguridad, entre otros.
El jurista consideró que el decreto vulnera la Constitución Política del Estado. “El Gobierno ha encontrado que es más fácil gobernar por decretos que por leyes, ya que evita la discusión en la Asamblea Plurinacional y solo lo firma el presidente y sus ministros. Hay una premeditación y alevosía frente a los intereses del pueblo”, explicó.
Suxo pide una denuncia
La ministra de Transparencia, Nardy Suxo, salió al paso de las preguntas de los periodistas y señaló que el caso del vicepresidente y su cuñada que es socia de Air Catering debería investigarse por la Ley Anticorrupción, como uso indebido de influente, delito que también está contemplado en el Código Penal.
Sin embargo, aseguró que el caso no llegó a su oficina, que solo lo conoce a través de los medios de comunicación y que su despacho no realiza investigaciones de oficio, por lo que requiere de una denuncia
EL DECRETO
LA MODIFICACIÓN CLAVE
El decreto supremo 1497 introduce modificación al DS 181, del 28 de junio de 2009, y permite que las empresas del Estado eliminen la licitación pública.
EL TEXTO A LA LETRA
Art. 4 (inciso 18) “Las Empresa Públicas Nacionales Estratégicas (ENPE), de acuerdo a su naturaleza jurídica, en base a su función de producción y generación de excedentes, deberán realizar todos sus procesos de contrataciones de bienes y servicios de manera directa. Los procedimientos, garantías y demás condiciones deben ser reglamentadas por cada ENPE (...)”.
La fiscalía rechaza denuncia de Murillo
El Ministerio Público de Cochabamba ‘desestimó’ la denuncia hecha por el vocero de Unidad Nacional (UN), Arturo Murillo, contra el autor o los autores del contrato entre BoA y la empresa Air Catering, por Bs 18 millones, por la comisión del delito de uso indebido de influencias.
Murillo lamentó esta situación y dijo: “El contralor de la República es un exdiputado del MAS, el fiscal general es un exconstituyente del MAS y acusado de ser parte del gabinete que persigue a los políticos. Entonces, ¿qué podemos esperar de esa gente? Vamos a presentar una denuncia en Sucre y otra nueva en Cochabamba. Si no nos dan importancia en Bolivia, vamos a apelar a instancias internacionales”.
Según Murillo, esto respondería a toda una estructura de poder con intereses económicos.
ANÁLISIS
Los que están en el poder son intocables
Jorge Lazarte - Analista Político
Hay un problema legal, moral y político. Lo legal debiera resolverse en las instancias pertinentes y una de ellas es la Contraloría, pero ya adelantó que no lo hará, con lo que refuerza la idea de que los que están en el poder son intocables. En lo moral, el vicepresidente Álvaro García Linera dijo que el contrato no es aceptable y que si dependiera de él lo rompería. Lo que dijo es una prueba de cómo las autoridades políticas del país entienden el tema de la justicia. Lo correcto era que el vicepresidente diga que la justicia investigue el caso y no pedir que se rescinda, porque de lo contrario demuestra que desde el Poder Ejecutivo se decide lo que hay que hacer judicialmente. Y en lo político, ha mostrado que este Gobierno en vez de generar un cambio no hace más que repetir viejos esquemas de poder
BoA confirma que air catering sigue en pie
La aerolínea estatal BoA confirmó a EL DEBER que la empresa Air Catering continúa trabajando hasta la fecha y que el contrato vigente es por un año.
“Es evidente que la empresa citada presta servicios de abastecimiento de alimentos para pasajeros en cumplimiento al contrato vigente, de acuerdo al mismo, existe un plazo definido para esta prestación hasta el 31 de diciembre del presente año”, respondió Gonzalo Mayorga, jefe del Departamento de Planificación y Control de Gestión de BoA.
La declaración respondió a la consulta de si existe un plazo para el contrato, después que hace más de 10 días el vicepresidente Álvaro García Linera ordenó su rescisión.
Sobre el proceso de rescisión y los pasos que se van a seguir, Mayorga explicó que “toda contratación está regida por la normativa específica que emerge del modelo administrativo de la ley 1178 (Ley Safco) y la reglamentación complementaria, por tanto, cualquier proceso de rescisión de contrato se rige a la misma normativa”.
El ejecutivo aseguró que una posible indemnización a la empresa adjudicataria emerge de las causales de rescisión y de las responsabilidades de cada una de las partes, aunque no especificó esas causales del contrato.
La semana pasada, el abogado de Air Catering, Luis Butikoffer, declaró a este diario que el contrato es legal y que la empresa no dejará de trabajar mientras no exista un proceso y una instructiva oficial.
Ley de MyPE entra a debate legislativo
El presidente de la Confederación Nacional de Micro y Pequeños Empresarios (Conamype), Víctor Ramírez, informó ayer que el proyecto de la Ley de las Micro y Pequeñas Empresas (MyPE), que tiene como objetivo regular el funcionamiento de esas unidades productivas, se debatirá en la Asamblea Legislativa desde la próxima semana. El proyecto fue modificado en varias oportunidades. Los microempresarios demandaron la incorporación de un tratamiento diferencial en relación al tema impositivo. El 83 por ciento del empleo privado se sostiene con las microempresas, dijo recientemente Ramírez. El documento data de hace cinco años.
“La siguiente semana se empezará a debatir en la Asamblea Legislativa la Ley, la cual esperamos que se vaya a aprobar rápidamente, porque es algo que los micro y pequeños empresarios del país aguardamos con ansias”, explicó a la ABI.
Recordó que el Gobierno, a través de los ministerios de Economía y Desarrollo Productivo, elabora el proyecto de ley para las micro y pequeñas empresas de Bolivia.
En ese marco, Ramírez informó que antes de que ese proyecto de Ley ingrese a la Asamblea Legislativa, se realiza un proceso de socialización con el Ejecutivo y los sectores interesados para que la norma “tenga un total consenso entre las partes y se apruebe lo antes posible”.
“Por eso la Ley de las MyPE ha planteado puntos importantes que ahora están en discusión, como el tema tributario, laboral y el Fondo MyPE, entre otros para llegar a un consenso y la Ley se pueda aprobar”, complementó.
ACUERDO
Respecto al tema tributario, Ramírez dijo que ya firmó un convenio con los ministerios de Economía y Desarrollo Productivo, referido al régimen simplificado para las pequeñas empresas que pagarían 5% en lugar de 13%.
En cuanto al tema laboral, informó que también se firmará un convenio para que las MyPE tengan un tratamiento preferencial y diferenciado.
“Aquí pedimos que el Gobierno ayude con el 50 por ciento para el pago a los trabajadores; y el Fondo MyPE, que no se trata de recursos económicos, sino de un fondo que ayude a las microempresas de Bolivia que no tengan maquinaria, con la donación de un 80 ó 90 por ciento de recursos provenientes del Impuesto Directo a los Hidrocarburos (IDH), además de la ayuda en infraestructura, pasantías e innovación tecnológica”, explicó, citando lo señalado en la Constitución
“La siguiente semana se empezará a debatir en la Asamblea Legislativa la Ley, la cual esperamos que se vaya a aprobar rápidamente, porque es algo que los micro y pequeños empresarios del país aguardamos con ansias”, explicó a la ABI.
Recordó que el Gobierno, a través de los ministerios de Economía y Desarrollo Productivo, elabora el proyecto de ley para las micro y pequeñas empresas de Bolivia.
En ese marco, Ramírez informó que antes de que ese proyecto de Ley ingrese a la Asamblea Legislativa, se realiza un proceso de socialización con el Ejecutivo y los sectores interesados para que la norma “tenga un total consenso entre las partes y se apruebe lo antes posible”.
“Por eso la Ley de las MyPE ha planteado puntos importantes que ahora están en discusión, como el tema tributario, laboral y el Fondo MyPE, entre otros para llegar a un consenso y la Ley se pueda aprobar”, complementó.
ACUERDO
Respecto al tema tributario, Ramírez dijo que ya firmó un convenio con los ministerios de Economía y Desarrollo Productivo, referido al régimen simplificado para las pequeñas empresas que pagarían 5% en lugar de 13%.
En cuanto al tema laboral, informó que también se firmará un convenio para que las MyPE tengan un tratamiento preferencial y diferenciado.
“Aquí pedimos que el Gobierno ayude con el 50 por ciento para el pago a los trabajadores; y el Fondo MyPE, que no se trata de recursos económicos, sino de un fondo que ayude a las microempresas de Bolivia que no tengan maquinaria, con la donación de un 80 ó 90 por ciento de recursos provenientes del Impuesto Directo a los Hidrocarburos (IDH), además de la ayuda en infraestructura, pasantías e innovación tecnológica”, explicó, citando lo señalado en la Constitución
lunes, 7 de abril de 2014
Piden ley de resarcimiento de negligencia médica
Desde 1986 a 2011 se registraron 5.000 casos de negligencia médica y el año 2013 se presentaron otros 200, informa el Comité de Lucha Contra la Negligencia Médica en Bolivia. Los más de 2.000 afiliados a esta institución exigen una ley de resarcimiento para víctimas.
A sus 36 años, Lizbeth Cádiz decidió dejar los lentes y consultó a un oftalmólogo, pero no imaginó que tendría que pasar por cinco cirugías: de láser, de anillos intracorneales y extracción, de trasplante de córnea y de glaucoma, en las que perdió la vista.
"Me ha cambiado totalmente la vida, ya no soy la misma, no soy la misma, es difícil (porque) no puedo salir con mis hijos. Pido que les quiten su licencia a los médicos”, dice entre sollozos.
Según el jefe de la Unidad de Transparencia del Ministerio de Salud, Marcelo Sandstein, la negligencia médica debe ser un "hecho grave: el fallecimiento o el deterioro irreparable en la salud del paciente deben ser comprobados clínicamente”.
Actualmente existe un proyecto de ley en la Asamblea Legislativa que propone el resarcimiento de los daños causados a las personas que sufran lesiones graves o gravísimas por impericia médica, informó el presidente de la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados, Rodolfo Calle.
"La ley buscará que se le resarzan los daños (al paciente). Vamos a impulsar para fines de este año que salga de una vez la Ley de Negligencia Médica”, agregó.
A sus 36 años, Lizbeth Cádiz decidió dejar los lentes y consultó a un oftalmólogo, pero no imaginó que tendría que pasar por cinco cirugías: de láser, de anillos intracorneales y extracción, de trasplante de córnea y de glaucoma, en las que perdió la vista.
"Me ha cambiado totalmente la vida, ya no soy la misma, no soy la misma, es difícil (porque) no puedo salir con mis hijos. Pido que les quiten su licencia a los médicos”, dice entre sollozos.
Según el jefe de la Unidad de Transparencia del Ministerio de Salud, Marcelo Sandstein, la negligencia médica debe ser un "hecho grave: el fallecimiento o el deterioro irreparable en la salud del paciente deben ser comprobados clínicamente”.
Actualmente existe un proyecto de ley en la Asamblea Legislativa que propone el resarcimiento de los daños causados a las personas que sufran lesiones graves o gravísimas por impericia médica, informó el presidente de la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados, Rodolfo Calle.
"La ley buscará que se le resarzan los daños (al paciente). Vamos a impulsar para fines de este año que salga de una vez la Ley de Negligencia Médica”, agregó.
domingo, 6 de abril de 2014
La ley minera que no debió ser modificada, ya sufrió 25 cambios
Por supuesto que no tiene que cambiarse nada, sino aprobarse lo que está concertado, lo que han acordado”.
Ése fue el pedido que hizo a la Asamblea Legislativa el presidente Evo Morales el 17 de marzo, cuando se presentó el proyecto de ley minera. En ese acto, Morales compartió la presentación con los representantes de los cooperativistas, los mineros privados y los sindicalizados.
No obstante, doce días después de esa ceremonia (el 29 de marzo) la Cámara de Diputados modificó 25 artículos del texto, lo que detonó un conflicto con los cooperativistas, cuyo saldo son: cinco días de bloqueos, cuatro muertos (dos mineros, y dos fallecidos a causa del corte de vías), y la suspensión del tratamiento de esa norma.
La presentación
En su discurso, el día de la presentación del proyecto, Morales sostuvo que la aprobación respectiva en el Legislativo no tardaría mucho, pues -aseguró- el Legislativo "siempre aprueba rápidamente” cuando se trata de normas consensuadas.
Precisamente el consenso que logró la redacción de ese proyecto entre los actores del sector minero -resultado, se dijo, de un trabajo que duró al menos tres años- fue algo en que Morales y el aparato medial del Estado pusieron énfasis. "Estoy muy feliz por el esfuerzo que hacemos para concertar nuestras leyes, eso queremos hacer en todas las normas, y que no nos impongan desde afuera ni desde arriba”, sostuvo entonces Morales.
Al día siguiente el diario estatal Cambio tituló: "El Presidente y los mineros consensúan proyecto de ley”. También la separata "Discurso presidencial”, que distribuye el Ministerio de Comunicación, encabezó: "Normativa minera se construye con consenso y trabajo”.
En el Legislativo
El lunes 24 de marzo, el sitio diputados.bo informó que el proyecto de ley "fue aprobado en grande y en detalle” en la Comisión de Economía Plural de la Cámara Baja, y se mencionó que se introdujeron "algunas modificaciones”, la mayoría "de forma”.
En ese reporte también se reproducen expresiones atribuídas al presidente de esa instancia, José Yucra, quien sostuvo que la Cámara de Diputados iba a darle celeridad al tratamiento del proyecto, atendiendo las recomendaciones de Morales.
El día de la presentación del texto, Morales se refirió a eventuales cambios que se podrían dar en la Asamblea, y aseguró: "Algunos compañeros parlamentarios, por cuestiones de figuración, quieren cambiar algo, nosotros también estaremos pendientes de la aprobación correspondiente”.
El Jefe de Estado agregó: "No vamos a tardar ni tres días. Hoy voy a enviar al presidente de la Asamblea Legislativa Plurinacional, al compañero Álvaro García Linera, pidiendo que hoy mismo derive a una de las cámaras”.
Los anuncios y los cambios
Pero la señal de eventuales modificaciones ocurrió el 28 de marzo, cuando el documento se trataba en el pleno de Diputados. Marcelo Elío, presidente de esa instancia, declaró que si bien el proyecto fue elaborado sobre la base de un consenso, se había identificado que, por ejemplo, el artículo 151 era contrario a la Constitución.
Ese punto, según la versión remitida al Legislativo por el Ejecutivo, permitía a los cooperativistas suscribir contratos de forma directa "con otros actores mineros privados o cooperativas” para la explotación de recursos.
Elío, entonces, dijo que la única instancia "que firma contratos de asociación es el Estado”, y un día después Diputados aprobó el texto con 25 modificaciones, y se lo remitió al Senado.
Esa misma jornada cuando se sancionó en la Cámara Baja el documento, el ministro de Minería, Mario Virreira, reconoció que se estaba "dando una potestad a las cooperativas que no corresponde”. Dos días después sobrevinieron los bloqueos, que duraron hasta el viernes pasado.
¿Vuelta a fojas cero?
Tras la violencia y la muerte de dos mineros, el Gobierno decidió suspender el tratamiento de la norma en el Senado. El ministro de la Presidencia Juan Ramón Quintana afirmó el martes que ese proceso quedaba en "fojas cero”. No obstante, al día siguiente el ministro de Gobierno Carlos Romero lo contradijo y afirmó que "hubo debilidad técnica, pero no significa que todo el trabajo que se hizo se descarta”.
La posición de los cooperativistas se hizo patente el 2 de abril en una solicitada en medios impresos, que titularon: "El ministro de Minería miente”.
En ella sostienen que los cooperativistas justificaron "legal, económica y socialmente” que ese proyecto se ampara en la Constitución.
Además, al finalizar, aseguran: "Así como estamos conscientes de que muchas de las medidas implementadas por el Proceso de Cambio tienen carácter irreversible, el crecimiento y fortalecimiento de las cooperativas mineras no la detiene nadie”.
Punto de vista
Diego Ayo
Sociólogo
Hay un lógico desgajamiento
El Gobierno cuando subió estableció un lazo marital no sólo con cooperativistas, sino con todo tipo de grupos fuertemente corporativos. Hay una estructuración corporativa del Estado, que tiene una lógica acumulativa. Si antes eran tres corporaciones las que succionaban del Estado, hoy son 20. Es un Estado que funciona de esa manera.
Entonces, lo que estamos viviendo hoy es el desencadenamiento lógico de lo que existió antes. Hoy son los cooperativistas, mañana son los cocaleros, si es que el Gobierno se atreve a sacar una ley con alguna cosa que les perjudique, o una ley de eliminación del escalafón del magisterio...
En el fondo, me parece que el Gobierno tuvo una reacción lógica. Pero una reacción después de lo que ha abierto. Es decir, han criado unas wawas malcriadas y claro cuando tienen 18 años ya se quieren subir a la cabeza, y es cuando el Gobierno los quiere frenar. No pues, ya lo fregó desde antes.
Punto de vista
roberto Laserna
Investigador
Era una alianza de tipo "rentista”
El bloque de poder se formó en base a argumentos, proyectos políticos, necesidades, demandas de tipo corporativo. Entonces, si esas demandas no se cumplen de inmediato la reacción del grupo es a distanciarse del bloque, del partido, del Gobierno.
Es decir la alianza del Gobierno con los cooperativistas es una alianza de tipo rentista, corporativista, que solamente funciona en la medida que las distintas partes pueden encontrar satisfacción a sus necesidades particulares.
Pero en la medida que empiezan a chocar los intereses unos con otros, o los intereses de ellos con los de la burocracia estatal, pues claro está que es difícil mantener esa alianza.
Por ello podemos decir que no hay una alianza política fundada en principios, valores ideológicos. Era una alianza circunstancial fundada en satisfacer intereses de grupo.
El Gobierno no ha calculado las expectativas y la resistencia de los cooperativistas.
Ése fue el pedido que hizo a la Asamblea Legislativa el presidente Evo Morales el 17 de marzo, cuando se presentó el proyecto de ley minera. En ese acto, Morales compartió la presentación con los representantes de los cooperativistas, los mineros privados y los sindicalizados.
No obstante, doce días después de esa ceremonia (el 29 de marzo) la Cámara de Diputados modificó 25 artículos del texto, lo que detonó un conflicto con los cooperativistas, cuyo saldo son: cinco días de bloqueos, cuatro muertos (dos mineros, y dos fallecidos a causa del corte de vías), y la suspensión del tratamiento de esa norma.
La presentación
En su discurso, el día de la presentación del proyecto, Morales sostuvo que la aprobación respectiva en el Legislativo no tardaría mucho, pues -aseguró- el Legislativo "siempre aprueba rápidamente” cuando se trata de normas consensuadas.
Precisamente el consenso que logró la redacción de ese proyecto entre los actores del sector minero -resultado, se dijo, de un trabajo que duró al menos tres años- fue algo en que Morales y el aparato medial del Estado pusieron énfasis. "Estoy muy feliz por el esfuerzo que hacemos para concertar nuestras leyes, eso queremos hacer en todas las normas, y que no nos impongan desde afuera ni desde arriba”, sostuvo entonces Morales.
Al día siguiente el diario estatal Cambio tituló: "El Presidente y los mineros consensúan proyecto de ley”. También la separata "Discurso presidencial”, que distribuye el Ministerio de Comunicación, encabezó: "Normativa minera se construye con consenso y trabajo”.
En el Legislativo
El lunes 24 de marzo, el sitio diputados.bo informó que el proyecto de ley "fue aprobado en grande y en detalle” en la Comisión de Economía Plural de la Cámara Baja, y se mencionó que se introdujeron "algunas modificaciones”, la mayoría "de forma”.
En ese reporte también se reproducen expresiones atribuídas al presidente de esa instancia, José Yucra, quien sostuvo que la Cámara de Diputados iba a darle celeridad al tratamiento del proyecto, atendiendo las recomendaciones de Morales.
El día de la presentación del texto, Morales se refirió a eventuales cambios que se podrían dar en la Asamblea, y aseguró: "Algunos compañeros parlamentarios, por cuestiones de figuración, quieren cambiar algo, nosotros también estaremos pendientes de la aprobación correspondiente”.
El Jefe de Estado agregó: "No vamos a tardar ni tres días. Hoy voy a enviar al presidente de la Asamblea Legislativa Plurinacional, al compañero Álvaro García Linera, pidiendo que hoy mismo derive a una de las cámaras”.
Los anuncios y los cambios
Pero la señal de eventuales modificaciones ocurrió el 28 de marzo, cuando el documento se trataba en el pleno de Diputados. Marcelo Elío, presidente de esa instancia, declaró que si bien el proyecto fue elaborado sobre la base de un consenso, se había identificado que, por ejemplo, el artículo 151 era contrario a la Constitución.
Ese punto, según la versión remitida al Legislativo por el Ejecutivo, permitía a los cooperativistas suscribir contratos de forma directa "con otros actores mineros privados o cooperativas” para la explotación de recursos.
Elío, entonces, dijo que la única instancia "que firma contratos de asociación es el Estado”, y un día después Diputados aprobó el texto con 25 modificaciones, y se lo remitió al Senado.
Esa misma jornada cuando se sancionó en la Cámara Baja el documento, el ministro de Minería, Mario Virreira, reconoció que se estaba "dando una potestad a las cooperativas que no corresponde”. Dos días después sobrevinieron los bloqueos, que duraron hasta el viernes pasado.
¿Vuelta a fojas cero?
Tras la violencia y la muerte de dos mineros, el Gobierno decidió suspender el tratamiento de la norma en el Senado. El ministro de la Presidencia Juan Ramón Quintana afirmó el martes que ese proceso quedaba en "fojas cero”. No obstante, al día siguiente el ministro de Gobierno Carlos Romero lo contradijo y afirmó que "hubo debilidad técnica, pero no significa que todo el trabajo que se hizo se descarta”.
La posición de los cooperativistas se hizo patente el 2 de abril en una solicitada en medios impresos, que titularon: "El ministro de Minería miente”.
En ella sostienen que los cooperativistas justificaron "legal, económica y socialmente” que ese proyecto se ampara en la Constitución.
Además, al finalizar, aseguran: "Así como estamos conscientes de que muchas de las medidas implementadas por el Proceso de Cambio tienen carácter irreversible, el crecimiento y fortalecimiento de las cooperativas mineras no la detiene nadie”.
Punto de vista
Diego Ayo
Sociólogo
Hay un lógico desgajamiento
El Gobierno cuando subió estableció un lazo marital no sólo con cooperativistas, sino con todo tipo de grupos fuertemente corporativos. Hay una estructuración corporativa del Estado, que tiene una lógica acumulativa. Si antes eran tres corporaciones las que succionaban del Estado, hoy son 20. Es un Estado que funciona de esa manera.
Entonces, lo que estamos viviendo hoy es el desencadenamiento lógico de lo que existió antes. Hoy son los cooperativistas, mañana son los cocaleros, si es que el Gobierno se atreve a sacar una ley con alguna cosa que les perjudique, o una ley de eliminación del escalafón del magisterio...
En el fondo, me parece que el Gobierno tuvo una reacción lógica. Pero una reacción después de lo que ha abierto. Es decir, han criado unas wawas malcriadas y claro cuando tienen 18 años ya se quieren subir a la cabeza, y es cuando el Gobierno los quiere frenar. No pues, ya lo fregó desde antes.
Punto de vista
roberto Laserna
Investigador
Era una alianza de tipo "rentista”
El bloque de poder se formó en base a argumentos, proyectos políticos, necesidades, demandas de tipo corporativo. Entonces, si esas demandas no se cumplen de inmediato la reacción del grupo es a distanciarse del bloque, del partido, del Gobierno.
Es decir la alianza del Gobierno con los cooperativistas es una alianza de tipo rentista, corporativista, que solamente funciona en la medida que las distintas partes pueden encontrar satisfacción a sus necesidades particulares.
Pero en la medida que empiezan a chocar los intereses unos con otros, o los intereses de ellos con los de la burocracia estatal, pues claro está que es difícil mantener esa alianza.
Por ello podemos decir que no hay una alianza política fundada en principios, valores ideológicos. Era una alianza circunstancial fundada en satisfacer intereses de grupo.
El Gobierno no ha calculado las expectativas y la resistencia de los cooperativistas.
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