DECRETO SUPREMO N° 0457
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
C O N S I D E R A N D O:
Que el Plan Nacional de Desarrollo – PND aprobado por Decreto Supremo N° 29272, de 12 de septiembre de 2007, en su pilar “Bolivia Productiva”, contempla la conformación de la matriz productiva a través de la implementación de políticas de inversión pública y desarrollo productivo en sectores estratégicos, generadores de empleo e ingreso, con participación activa del Estado, mediante la creación de Empresas Estratégicas Públicas.
Que el desarrollo productivo impulsado por el Gobierno, fortalece la industrialización, conlleva la transformación y otorga valor agregado a los recursos naturales, considerando la sustentabilidad ambiental, así como la satisfacción equilibrada de las necesidades individuales y colectivas.
Que el Decreto Supremo N° 29894, de 7 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo, establece como una atribución especifica del Ministro de Desarrollo Productivo y Economía Plural, construir una matriz productiva con capacidad de generar empleos estables.
Que mediante Decreto Supremo N° 29256, de 5 de septiembre de 2007, se crea la Empresa Pública Nacional Estratégica “Cartones de Bolivia – CARTONBOL”, como persona jurídica de derecho público, de duración indefinida, con patrimonio propio y autonomía de gestión administrativa, financiera, legal y técnica, cuyo objetivo principal es incentivar la producción nacional con valor agregado, generando mayores fuentes de empleo, en procura de la soberanía productiva, siendo su actividad la producción y comercialización de papel de embalaje, cajas de cartón y productos relacionados.
Que para desarrollar acciones relativas a la instalación, montaje y puesta en marcha de la empresa CARTONBOL, es necesario incrementar su patrimonio inicial definido en el Decreto Supremo N° 29256.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- (AUTORIZACIÓN). Se incrementa el patrimonio de la Empresa Pública Nacional Estratégica “Cartones de Bolivia – CARTONBOL”, en el monto de Bs16.537.112.- (DIECISÉIS MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y SIETE MIL CIENTO DOCE 00/100 BOLIVIANOS), quedando constituido el nuevo patrimonio de la citada empresa en Bs50.132.912.- (CINCUENTA MILLONES CIENTO TREINTA Y DOS MIL NOVECIENTOS DOCE 00/100 BOLIVIANOS).
ARTÍCULO 2.- (TRANSFERENCIA DE RECURSOS). La transferencia de los recursos se realizará de conformidad a lo establecido en el Artículo 7 del Decreto Supremo N° 29256, de 5 de septiembre de 2007.
ARTÍCULO 3.- (UTILIDADES). La transferencia de las utilidades que genere CARTONBOL, se realizará de conformidad a lo establecido en el Artículo 8 del Decreto Supremo N° 29256.
Los señores Ministros de Estado, en los Despachos de Economía y Finanzas Públicas; y de Desarrollo Productivo y Economía Plural, quedan encargados de la ejecución y cumplimento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticuatro días del mes de marzo del año dos mil diez.
FDO. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Oscar Coca Antezana, Sacha Sergio Llorentty Soliz, Rubén Saavedra Soto, Elizabeth Arismendi Chumacero, Elba Viviana Caro Hinojosa, Luís Alberto Arce Catacora, Luís Fernando Vincenti Vargas, Walter Juvenal Delgadillo Terceros, José Antonio Pimentel Castillo, Nilda Copa Condori, Carmen Trujillo Cárdenas MINISTRA DE TRABAJO, EMPLEO Y P.S. E INTERINA DE DESARROLLO PROD.Y ECONOMIA PLURAL, Sonia Polo Andrade, María Esther Udaeta Velásquez, Roberto Iván Aguilar Gómez MINISTRO DE EDUCACION E INTERINO DE TRANSPARENCIA INST. Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN, Nemecia Achacollo Tola, Carlos Romero Bonifaz, Zulma Yugar Párraga.
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