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miércoles, 17 de marzo de 2021

DECRETO SUPREMO N° 0485 - Se autoriza al Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural incrementar la subpartida 25220 “Consultores de Línea” en Bs688.000.- (SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL 00/100 BOLIVIANOS)

 DECRETO SUPREMO N° 0485 z

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

 

C O N S I D E R A N D O:

Que el Artículo 26 del Presupuesto General del Estado - Gestión 2010, aprobado por expresa disposición del numeral 11 del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, inscribir y/o incrementar el gasto de las partidas 25200 “Estudios, Investigaciones, Auditorías Externas y Revalorizaciones”, 25800 “Estudios e Investigaciones para Proyectos de Inversión No Capitalizables” y Subgrupo 46000 “Estudios y Proyectos para Inversión” cuyo financiamiento provenga de recursos de donación externa, crédito externo y/o contraparte nacional, según lo establecido en los convenios respectivos. Para las demás fuentes de financiamiento y los casos que no correspondan a contraparte nacional deberá aprobarse mediante Decreto Supremo específico, que autorice el incremento de estas partidas de gasto.

Que el Artículo 15 del Decreto Supremo Nº 0430, de 10 de febrero de 2010, que Reglamenta la aplicación del Presupuesto General del Estado - Gestión 2010, dispone que la definición de las remuneraciones de los Consultores de Línea, debe estar establecida en función a la escala salarial; para lo cual, las Unidades Administrativas de cada entidad, elaborarán el cuadro de equivalencia de funciones que será avalado por la Unidad Jurídica y autorizada por la MAE de la entidad.

Que el Artículo 5 de la Ley N° 2042, de 21 de diciembre de 1999, de Administración Presupuestaria, señala que las entidades públicas no podrán comprometer ni ejecutar gasto alguno con cargo a recursos no declarados en sus presupuestos aprobados.

Que el Reglamento de Modificaciones Presupuestarias aprobado por Decreto Supremo N° 29881, de 7 de enero de 2009, establece los procedimientos y responsables para elaborar, presentar, aprobar y registrar las modificaciones al Presupuesto General del Estado, así como las competencias de aprobación según el tipo y alcance de las modificaciones presupuestarias.

Que mediante Decreto Supremo N° 24498, de 17 de febrero de 1997, se crea el Instituto Boliviano de Metrología – IBMETRO, con facultades para la aplicación de la Ley Nacional de Metrología que define la política nacional en materia de metrología.

Que con el fin de garantizar la continuidad y desenvolvimiento de las actividades operativas y administrativas del IBMETRO, se requiere incrementar el gasto de consultorías de línea.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

D E C R E T A:

ARTÍCULO ÚNICO.- Se autoriza al Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural incrementar la subpartida 25220 “Consultores de Línea” en Bs688.000.- (SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL 00/100 BOLIVIANOS) en el presupuesto del Instituto Boliviano de Metrología – IBMETRO, a través del traspaso intrainstitucional que afecta la partida 57100 “Incremento de Caja y Bancos” en Bs688.000.- (SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL 00/100 BOLIVIANOS), con fuente 11 TGN - Otros ingresos, para financiar consultorías de línea que garanticen las actividades operativas y administrativas de la institución hasta el mes de diciembre de la presente gestión.

Los señores Ministros de Estado, en los Despachos de Economía y Finanzas Públicas, y de Desarrollo Productivo y Economía Plural, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de abril del año dos mil diez.

FDO. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Oscar Coca Antezana, Sacha Sergio Llorentty Soliz MINISTRO DE GOBIERNO E INTERINO DE DEFENSA, Elba Viviana Caro Hinojosa, Luís Fernando Vincenti Vargas, MINISTRO DE HIDROCARBUROS Y ENERGIA E INTERINO DE MINERIA Y METALURGIA, Antonia Rodríguez Medrano MINISTRA DE DES. PROD. Y ECONOMIA PLURAL E INTERINA DE ECONOMIA Y FINANZAS PÚBLICAS, Walter Juvenal Delgadillo Terceros, Nilda Copa Condori MINISTRA DE JUSTICIA E INTERINA DE DEFENSA LEGAL DEL ESTADO, Carmen Trujillo Cárdenas, Sonia Polo Andrade, María Esther Udaeta Velásquez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Nemecia Achacollo Tola, Carlos Romero Bonifaz, Nardy Suxo Iturry, Zulma Yugar Párraga.

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