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domingo, 21 de marzo de 2021

DECRETO SUPREMO N° 0510 - Se autoriza al Ministro de Economía y Finanzas Públicas, en nombre y representación del Estado Plurinacional de Bolivia, la suscripción de un Convenio Financiero con Artigiancassa SpA miembro del Grupo del Banco Banca Nazionale del Lavoro, por un importe máximo de Euros16.790.084,18

 DECRETO SUPREMO N° 0510

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

 

C O N S I D E R A N D O:

Que el numeral 9 del Parágrafo II del Artículo 298 de la Constitución Política del Estado, establece como competencias exclusivas del nivel central del Estado la planificación, diseño, construcción, conservación y administración de carreteras de la Red fundamental.

Que la Ley N° 4028, de 6 de mayo de 2009, aprueba la ratificación del “Memorándum de Entendimiento entre el Gobierno de la República de Bolivia y el Gobierno de la República de Italia, referente a la concesión de un crédito para la realización del Proyecto de rehabilitación del tramo Toledo - Ancaravi de la carretera Oruro - Pisiga”, suscrito el 27 de septiembre de 2005.

Que el inciso p) del Artículo 52 del Decreto Supremo N° 29894, de 7 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo, establece que una de las atribuciones del Ministro de Economía y Finanzas Públicas, es la de negociar y contratar financiamiento externo.

Que el Capítulo IV “Bolivia Productiva” del Plan Nacional de Desarrollo – PND aprobado por Decreto Supremo N° 29272, de 12 de septiembre de 2007, sectores de infraestructura para la producción, tiene como propuesta de cambio, mejorar e integrar el sistema de transporte nacional, en todas sus modalidades (caminera, ferroviaria, aeronáutica y fluvial lacustre) como componente significativo del desarrollo y la ampliación de mercados para la producción Boliviana.

Que por medio del acuerdo señalado como “Memorándum de Entendimiento”, firmado en La Paz el 27 de septiembre de 2005 entre el Gobierno de la República de Bolivia, representado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la República de Bolivia, y el Gobierno de la República Italiana, representada por el MAE-DGCS, el Gobierno de la República Italiana se ha comprometido a financiar el proyecto mediante un Crédito blando de hasta un importe máximo de Euros 18.200.000.- (DIECIOCHO MILLONES DOSCIENTOS MIL 00/100 EUROS).

Que en el marco del “Memorándum de Entendimiento entre el Gobierno de la República de Bolivia y el Gobierno de la República de Italia, referente a la concesión de un crédito para la realización del Proyecto de rehabilitación del tramo Toledo - Ancaravi de la carretera Oruro - Pisiga”, suscrito el 27 de septiembre de 2005, la Administradora Boliviana de Carreteras – ABC suscribió en fecha 26 de junio de 2009, un Contrato de Obras de Rehabilitación del Tramo Toledo - Ancaravi de la carretera Oruro - Pisiga, con el Consorcio accidental de Empresas Bolivianas e Italianas responsable de la ejecución del Proyecto, por un monto de Euros16.790.084,18 (DIECISÉIS MILLONES SETECIENTOS NOVENTA MIL OCHENTA Y CUATRO 18/100 EUROS).

Que el Ministerio de Economía y Finanzas del Gobierno de la República Italiana, en la propuesta del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Italiana, mediante el Decreto n. 103518 del 30 de diciembre de 2009, ha autorizado a Artigiancassa SpA a conceder al Prestatario un Crédito blando en los términos y condiciones establecidos en el Artículo 3 del Memorándum de Entendimiento con el propósito de financiar el proyecto.

Que la responsabilidad por la aplicación y ejecución del crédito es de la ABC dependiente del Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda.

Que de acuerdo a las condiciones y marco legal de la República Italiana para la otorgación del financiamiento, es preciso autorizar la suscripción del Instrumento de Financiamiento bajo la denominación de “Convenio Financiero entre el Estado Plurinacional de Bolivia y la República de Italia para el financiamiento del Proyecto de Rehabilitación del tramo Toledo - Ancaravi de la carretera Oruro - Pisiga”.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

D E C R E T A:

ARTÍCULO ÚNICO.-

I. Se autoriza al Ministro de Economía y Finanzas Públicas, en nombre y representación del Estado Plurinacional de Bolivia, la suscripción de un Convenio Financiero con Artigiancassa SpA miembro del Grupo del Banco Banca Nazionale del Lavoro, por un importe máximo de Euros16.790.084,18 (DIECISÉIS MILLONES SETECIENTOS NOVENTA MIL OCHENTA Y CUATRO 18/100 EUROS) destinados al financiamiento del Proyecto de “Rehabilitación del tramo Toledo - Ancaravi de la carretera Oruro - Pisiga”.

II. Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, la suscripción del Convenio Subsidiario con la Administradora Boliviana de Carreteras – ABC, en su condición de Organismo Ejecutor.

III. Una vez suscrito el Convenio Financiero, deberá ser remitido a consideración de la Asamblea Legislativa Plurinacional, en cumplimiento a lo dispuesto por la Atribución 10ª del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado.

Los señores Ministros de Estado, en los Despachos de Economía y Finanzas Públicas, y de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los doce días del mes de mayo del año dos mil diez.

FDO. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Oscar Coca Antezana, Sacha Sergio Llorentty Soliz, Rubén Aldo Saavedra Soto, Elizabeth Arismendi Chumacero, Elba Viviana Caro Hinojosa, Luís Alberto Arce Catacora, Luís Fernando Vincenti Vargas, Antonia Rodríguez Medrano, Walter Juvenal Delgadillo Terceros, José Antonio Pimentel Castillo, Nilda Copa Condori, Carmen Trujillo Cárdenas, Sonia Polo Andrade, María Esther Udaeta Velásquez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Nemecia Achacollo Tola, Carlos Romero Bonifaz, Nardy Suxo Iturry, Zulma Yugar Párraga.

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