LEY Nº 095
LEY DE 17 DE MARZO DE 2011
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
D E C R E T A :
Artículo Único. De
conformidad con el Artículo 158, parágrafo I, atribución 14ª, de la
Constitución Política del Estado, se ratifica el “Acuerdo de Cooperación
Deportiva entre el Gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia y el
Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela”, suscrito en la
ciudad de Barinas, República Bolivariana de Venezuela, el 30 de abril de
2010.
Remítase al Órgano Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los tres días del mes de marzo del año dos mil once.
Fdo.
René Oscar Martínez Callahuanca, Flora Aguilar Fernández, Zonia Guardia
Melgar, Carmen García M., Esteban Ramírez Torrico, Ángel David Cortés
Villegas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecisiete días del mes de marzo de dos mil once años.
FDO. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Oscar Coca Antezana, Nila Heredia Miranda.
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