En la fase estrictamente relacionada al proceso electoral de magistrados a cargo del Órgano Electoral Plurinacional (OEP), la Ley de Régimen Electoral modificado, si algo nuevo incorpora, son las medidas restrictivas a la tarea de los medios de comunicación.
25 de Abril de 2017
Bajo el rótulo de sanción a los medios, señala el artículo 84 modificado del Régimen Electoral, que el Tribunal Supremo Electoral (TSE) “mediante resolución fundamentada sancionará a medio de comunicación que incumpla el régimen especial de prohibiciones establecidas”. En ese orden, precisa que los medios de comunicación que difundan mensajes de campaña y propaganda, orientados a solicitar el voto por una postulación o grupo de postulaciones o mensajes orientados de manera explícita a favorecer o perjudicar a una postulación o grupo de postulantes, serán sancionados.
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