PROYECTO El presidente Evo Morales solicitó a la Asamblea que acelere tratamiento de la norma.
Redacción central / Cambio
El proyecto de ley busca garantizar una vida libre de violencia a las mujeres.
La propuesta será tratada en la Asamblea Legislativa Plurinacional.
Incorporar la figura del feminicidio en el Código Penal y regular la publicidad sexista plantea el proyecto de Ley integral para garantizar una vida libre de violencia a las mujeres, que será analizado en breve en la Cámara de Diputados de la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP).
El título VI de la iniciativa legislativa, referido a los delitos, incorpora la figura del feminicidio al Código Penal y su procedimiento. Para ello se plantea una “sanción de 30 años de privación de libertad sin derecho a indulto a quien diere muerte a una mujer”.
El coordinador de la Red Nacional de Trabajadores de la Información y Comunicación (Red-ADA), Ariel Tito, dijo que en Bolivia aún no se cuenta con una normativa que sancione los actos de extrema violencia contra las mujeres, por lo que las cifras continúan aumentando, según los datos del monitoreo de medios y del Observatorio de acoso y violencia política en razón de género.
La norma también incorpora sanciones para quienes agredan o lesionen a una mujer y plantea una condena de cárcel de cuatro a ocho años.
Pero la propuesta no sólo se concentra en estos hechos. Por ejemplo, el artículo 271 incorpora una pena de cuatro hasta ocho años para la persona que “prive de la función reproductiva de manera permanente” a una mujer, y con hasta 20 años para quien “realice actos sexuales no consentidos mediante violación física y psicológica” (artículo 120).
El proyecto tiene como objetivo contribuir a la erradicación de la violencia contra las mujeres, que se ejerce como manifestación de la discriminación, desigualdad y relaciones de poder. Además, establece medidas para la protección integral a fin de prevenir, sancionar y reparar estos hechos.
La protección se aplicará en todo ámbito y para ello serán creadas fiscalías especializadas de la mujer.
Los medios de comunicación no serán excluidos, pues el Capítulo IV manda a la Autoridad de Telecomunicaciones y Transporte a “regular, velar y ejecutar que los medios de comunicación audiovisual, escrita, oral y electrónica adopten las medidas necesarias para evitar la publicidad, programas y artículos con contenido sexista que vulneren los principios y derechos establecidos”.
Se considera publicidad sexista, directa subliminal o encubierta, a aquella que utilice la imagen de las mujeres en forma vejatoria y discriminatoria, utilizando su cuerpo o partes del mismo como objeto del producto que se pretende promocionar o su imagen asociada a comportamientos estereotipados sexistas que tienden a perpetuar la cultura de violencia contra las mujeres.
Además, los medios de comunicación deben incluir en su programación y en sus mensajes reportajes para “desmontar estereotipos sexistas y eliminar la violencia contra las mujeres”.
Las presidentas de las cámaras de Diputados y Senadores, Betty Tejada y Gabriela Montaño, respectivamente, anticiparon que ésta será una de las primeras leyes que serán aprobadas en la actual legislatura.
El presidente del Estado, Evo Morales, solicitó a los legisladores aprobar leyes que protejan a la mujer y eviten la violencia.
No hay comentarios:
Publicar un comentario