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sábado, 2 de abril de 2022

DECRETO SUPREMO N° 3228 - Se autoriza al Ministerio de Educación, realizar los trámites necesarios para el perfeccionamiento del derecho propietario ante las oficinas de Derechos Reales a nombre de esta cartera de Estado, del bien inmueble ubicado en la Calle Genaro Sanjinés N° 764

 DECRETO SUPREMO N° 3228

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

Que el numeral 8 del Artículo 172 de la Constitución Política del Estado, determina que es atribución de la Presidenta o Presidente del Estado, entre otras, dictar Decretos Supremos.

Que el numeral 5 del Parágrafo I del Artículo 175 del Texto Constitucional, establece que las Ministras y Ministros del Estado tienen como atribuciones, entre otras, proponer proyectos de Decreto Supremo y suscribirlos con la Presidenta o Presidente del Estado.

Que el Artículo 1 del Decreto Supremo N° 24511, de 26 de febrero de 1997, incorpora definitivamente como propiedad del Estado los bienes vacantes dejados por Dña. Rosa Agramonte Moraleda Vda. de Cusicanqui; entre otros, el inmueble ubicado en la calle Genaro Sanjinés N° 764, antiguamente signado con el N° 670.

Que el Artículo 2 del Decreto Supremo Nº 24511, dispone que el perfeccionamiento de los derechos patrimoniales del Estado Boliviano, así como la custodia, administración y disposición de todos los bienes estarán a cargo del Ministerio de Desarrollo Humano y el citado Decreto Supremo servirá de suficiente título para su inscripción en favor del Estado, en el registro de Derechos Reales, ratificándose la titularidad de los bienes que instituciones estatales y la Universidad Mayor de San Andrés mantienen en posesión, en la actualidad.

Que en el marco del Decreto Supremo N° 24511, corresponde al Ministerio de Educación realizar los trámites necesarios para el perfeccionamiento del derecho propietario del bien inmueble ubicado en la Calle Genaro Sanjinés N° 764, signado en Derechos Reales con el N° 670, a nombre de esta cartera de Estado, por lo que se requiere la emisión de un Decreto Supremo.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

ARTÍCULO ÚNICO.-

I.            En el marco del Decreto Supremo N° 24511, de 26 de febrero de 1997, se autoriza al Ministerio de Educación, realizar los trámites necesarios para el perfeccionamiento del derecho propietario ante las oficinas de Derechos Reales a nombre de esta cartera de Estado, del bien inmueble ubicado en la Calle Genaro Sanjinés N° 764, inscrito en Derechos Reales bajo la Partida 1111, Fojas 1112, Libro “B” de fecha 25 de septiembre de 1968, con una superficie de 952.37 m2, colindante al Norte y al Este con vecinos, al Oeste con la Calle Genaro Sanjinés y al Sur con vecinos.

II.          El presente Decreto Supremo se constituye en instrumento legal suficiente, para la inscripción del derecho propietario del bien inmueble señalado en el Parágrafo precedente en Derechos Reales y demás registros ante otras instancias.

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Educación, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de junio del año dos mil diecisiete.

FDO. EVO MORALES AYMA, Fernando Huanacuni Mamani, René Martínez Callahuanca, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Reymi Luis Ferreira Justiniano, Mariana Prado Noya, Mario Alberto Guillen Suárez, Luis Alberto Sanchez Fernandez, Rafael Alarcón Orihuela, Eugenio Rojas Apaza, Milton Claros Hinojosa MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS, SERVICIOS Y VIVIENDA E INTERINO DE DEPORTES, Félix Cesar Navarro Miranda, Héctor Enrique Arce Zaconeta, Héctor Andrés Hinojosa Rodríguez, Ariana Campero Nava, Carlos Rene Ortuño Yañez, Cesar Hugo Cocarico Yana, Wilma Alanoca Mamani MINISTRA DE CULTURAS Y TURISMO E INTERINA DE EDUCACIÓN, Gisela Karina López Rivas.    

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