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jueves, 21 de abril de 2022

DECRETO SUPREMO N° 3447 - Se modifica el Parágrafo II del Artículo 3 del Decreto Supremo Nº 3097, de 15 de febrero de 2017

 DECRETO SUPREMO N° 3447

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 105 de la Constitución Política del Estado, establece que el Estado promoverá mediante políticas de educación, recreación y salud pública, el desarrollo de la cultura física y de la práctica deportiva en sus niveles preventivo, recreativo, formativo y competitivo, con especial atención a las personas con discapacidad. El Estado garantizará los medios y los recursos económicos necesarios para su efectividad.

Que el Decreto Supremo N° 2158, de 22 de octubre de 2014, crea la institución pública descentralizada “Comité Organizador de los XI Juegos Suramericanos Cochabamba 2018” – CODESUR, bajo tuición del Ministerio de Deportes, con personalidad jurídica y patrimonio propio, así como autonomía de gestión administrativa, financiera, legal y técnica, con sede en el Departamento de Cochabamba.

Que el Artículo 3 del Decreto Supremo N° 2158, señala que CODESUR tiene como finalidad la planificación, organización, dirección y realización de los XI Juegos Suramericanos Cochabamba 2018, en coordinación con las instancias involucradas en el citado evento.

Que el Decreto Supremo Nº 3097, de 15 de febrero de 2017, declara de interés nacional los XI Juegos Suramericanos Cochabamba 2018 y autoriza la contratación directa para su realización.

Que dentro del marco normativo aplicable a CODESUR en su condición de entidad descentralizada bajo tuición del Ministerio de Deportes, se ha visto la necesidad de ampliar el alcance del Decreto Supremo Nº 3097, para cumplir los plazos establecidos que permitan efectivizar la organización y realización de los XI Juegos Suramericanos Cochabamba 2018.

EN CONSEJO DE MINISTROS,
 
DECRETA:
 
ARTÍCULO ÚNICO.- Se modifica el Parágrafo II del Artículo 3 del Decreto Supremo Nº 3097, de 15 de febrero de 2017, con el siguiente texto:

II.   Se autoriza al Comité Organizador de los XI Juegos Suramericanos Cochabamba 2018 – CODESUR, de manera excepcional y en la gestión 2018, realizar la contratación directa en territorio nacional o extranjero de bienes, obras y servicios necesarios para la organización y desarrollo de los XI Juegos Suramericanos Cochabamba 2018.”

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Deportes, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los tres días del mes de enero del año dos mil dieciocho.

FDO. EVO MORALES AYMA, Fernando Huanacuni Mamani, René Martínez Callahuanca, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Reymi Luis Ferreira Justiniano, Mariana Prado Noya, Mario Alberto Guillén Suárez, Luis Alberto Sanchez Fernandez, Rafael Alarcón Orihuela, Eugenio Rojas Apaza, Milton Claros Hinojosa, Félix Cesar Navarro Miranda, Héctor Enrique Arce Zaconeta, Héctor Andrés Hinojosa Rodríguez, Ariana Campero Nava, Carlos Rene Ortuño Yañez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Cesar Hugo Cocarico Yana, Wilma Alanoca Mamani, Gisela Karina López Rivas, Tito Rolando Montaño Rivera.

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