LEY Nº 270
LEY DE 23 DE AGOSTO DE 2012
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
D E C R E T A :
Artículo Único.
De conformidad a lo establecido en la atribución 10ª, parágrafo I del
Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, apruébase el
contrato de Préstamo, suscrito entre el Estado Plurinacional de Bolivia y
la Corporación Andina de Fomento – CAF en fecha 1 de junio de 2012, por
la suma de hasta $us75.000.000.- (SETENTA Y CINCO MILLONES 00/100
DÓLARES ESTADOUNIDENSES), destinados a financiar el “Proyecto de
Construcción de la carretera Chacapuco - Ravelo”.
Remítase al Órgano Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es
dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a
los diecisiete días del mes de agosto del año dos mil doce.
Fdo.
Lilly Gabriela Montaño Viaña, Rebeca Elvira Delgado Burgoa, Mary Medina
Zabaleta, David Sánchez Heredia, Wilson Changaray T., Angel David
Cortéz Villegas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintitrés días del mes de agosto del año dos mil doce.
FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Elba Viviana Caro Hinojosa, Arturo Vladimir Sánchez Escobar.
No hay comentarios:
Publicar un comentario