LEY Nº 280
LEY DE 13 DE SEPTIEMBRE DE 2012
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
D E C R E T A :
Artículo 1.
Se declara Patrimonio Nacional Monumental, Histórico, Cultural y
Arquitectónico del Estado Plurinacional de Bolivia, la Catedral
Metropolitana de Cochabamba, ubicada en el Municipio de Cercado del
Departamento de Cochabamba.
Artículo 2.
Se declara de prioridad la preservación de la Catedral Metropolitana de
Cochabamba, en tanto Monumento Histórico, Cultural y Arquitectónico.
Artículo 3.
Según normativa vigente, el Gobierno Autónomo Departamental de
Cochabamba y el Gobierno Autónomo Municipal de Cercado del Departamento
Cochabamba, podrán gestionar fondos para la preservación, mantenimiento y
restauración de la Catedral Metropolitana de Cochabamba.
Artículo 4.
El Ministerio de Culturas queda encargado del registro, catalogación y
emisión del certificado de Patrimonio Cultural, mencionado en el
Artículo 1.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es
dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a
los once días del mes de septiembre del año dos mil doce.
Fdo.
Lilly Gabriela Montaño Viaña, Rebeca Elvira Delgado Burgoa, Mary
Medina Zabaleta, David Sánchez Heredia, Wilson Changaray T., Angel
David Cortéz Villegas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Ciudad de Cochabamba, a los trece días del mes de septiembre del año dos mil doce.
FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Claudia Stacy Peña Claros, Pablo Cesar Groux Canedo.
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