LEY Nº 287
LEY DE 20 DE SEPTIEMBRE DE 2012
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
D E C R E T A :
Artículo Único. De
conformidad a lo establecido en el Artículo 158, Parágrafo I Atribución
10ª, de la Constitución Política del Estado, se aprueba el Contrato de
Préstamo N° 2719/BL-BO, suscrito entre el Estado Plurinacional de
Bolivia y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID en fecha 29 de
junio de 2012, por la suma de hasta $us.20.000.000.- (VEINTE MILLONES
00/100 DE DÓLARES ESTADOUNIDENSES), destinados a financiar el Programa
de Desarrollo Infantil Temprano “Crecer Bien para Vivir Bien”.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es
dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a
los tres días del mes de septiembre del año dos mil doce.
Fdo.
Lilly Gabriela Montaño Viaña, Rebeca Elvira Delgado Burgoa, Mary Medina
Zabaleta, David Sánchez Heredia, Wilson Changaray T., Angel David
Cortéz Villegas
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de septiembre del año dos mil doce.
FDO. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Elba Viviana Caro Hinojosa, Luis Alberto Arce Catacora.
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