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martes, 12 de abril de 2022

DECRETO SUPREMO N° 3340 - Autoriza la donación de ayuda humanitaria al hermano país de los Estados Unidos de México afectado por desastres naturales.

 DECRETO SUPREMO N° 3340

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

Que el Parágrafo I del Artículo 10 de la Constitución Política del Estado, establece que Bolivia es un Estado pacifista, que promueve la cultura de la paz y el derecho a la paz, así como la cooperación entre los pueblos de la región y del mundo, a fin de contribuir al conocimiento mutuo, al desarrollo equitativo y a la promoción de la interculturalidad, con pleno respeto a la soberanía de los Estados.

Que el Artículo 56 del Presupuesto General del Estado - Gestión 2010, vigente por disposición del inciso b) de la Disposición Final Tercera de la Ley Nº 856, de 28 de noviembre de 2016, del Presupuesto General del Estado Gestión 2017, determina que en el marco de la reciprocidad, complementariedad y solidaridad que rige en las relaciones entre países, así como por desastres naturales, se autoriza al Órgano Ejecutivo a realizar donaciones de mercancías a países amigos, las mismas que serán autorizadas mediante Decreto Supremo.

Que el inciso d) del Artículo 10 de la Ley N° 602, de 14 de noviembre de 2014, de Gestión de Riesgos, señala como atribución del Consejo Nacional para la Reducción de Riesgos y Atención de Desastres y/o Emergencias – CONARADE, generar y aprobar mecanismos de administración de uso de recursos del Fondo para la Reducción de Riesgos y Atención de Desastre y /o Emergencias – FORADE.

Que la Resolución 06/2017, de 27 de septiembre de 2017, del CONARADE, recomienda el apoyo a los Estados Unidos de México afectado por el terremoto acaecido en fecha 19 de septiembre de 2017.

Que el hermano país de los Estados Unidos de México, ha sido afectado por eventos adversos como consecuencia del terremoto suscitado, que dejaron muertos, desaparecidos y población damnificada, siendo necesaria la cooperación para sobrellevar estas contingencias, mediante ayuda humanitaria a favor de ese país.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

ARTÍCULO 1.- (OBJETO). El Gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia, en el ámbito de la reciprocidad, complementariedad y solidaridad que rige las relaciones entre países, autoriza la donación de ayuda humanitaria al hermano país de los Estados Unidos de México afectado por desastres naturales.

ARTÍCULO 2.- (AUTORIZACIÓN). Se autoriza al Ministerio de Defensa en solidaridad con el hermano país de los Estados Unidos de México, la donación de 4,5 toneladas de arroz, 4,5 toneladas de azúcar, 4.000 unidades de frazadas y 1.000 cajas de kits de higiene.

ARTÍCULO 3.- (FINANCIAMIENTO). Para dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo precedente, se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas realizar una transferencia presupuestaria al Ministerio de Defensa para cubrir los costos de transporte de la ayuda humanitaria con los Estados Unidos de México, de acuerdo a la disponibilidad financiera del Tesoro General de la Nación – TGN, previa presentación de los descargos correspondientes.

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Defensa; y de Economía y Finanzas Públicas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintisiete días del mes de septiembre del año dos mil diecisiete.

FDO. EVO MORALES AYMA, Fernando Huanacuni Mamani, René Martínez Callahuanca, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Reymi Luis Ferreira Justiniano, Mariana Prado Noya, Mario Alberto Guillén Suárez, Luis Alberto Sanchez Fernandez, Rafael Alarcón Orihuela, Eugenio Rojas Apaza, Milton Claros Hinojosa, Félix Cesar Navarro Miranda, Héctor Enrique Arce Zaconeta, Héctor Andrés Hinojosa Rodríguez, Ariana Campero Nava, Carlos Rene Ortuño Yañez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Cesar Hugo Cocarico Yana, Wilma Alanoca Mamani, Gisela Karina López Rivas, Tito Rolando Montaño Rivera.

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