LEY N° 941
LEY DE 10 DE MAYO DE 2017
LEY DE 10 DE MAYO DE 2017
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:Artículo Único.
I. De conformidad a lo establecido en el numeral 10 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, se aprueba el Contrato de Préstamo N° BV-P6 suscrito entre el Estado Plurinacional de Bolivia y la Agencia de Cooperación Internacional del Japón – JICA, en fecha 24 de marzo de 2017, por un monto que no excederá los ¥61.485.000.000.- (Sesenta y Un Mil Cuatrocientos Ochenta y Cinco Millones 00/100 Yenes Japoneses), destinados al financiamiento del “Proyecto de Construcción de la Planta Geotérmica Laguna Colorada (Segunda Etapa)”.
II. Se autoriza a la Empresa Nacional de Electricidad - ENDE, asumir el repago de las obligaciones que sean contraídas en la ejecución del Contrato de Préstamo N° BV-P6, aprobado por la presente Ley.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los tres días del mes de mayo del año dos mil diecisiete.
Fdo. José Alberto Gonzales Samaniego, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Omar Paul Aguilar Condo, Patricia M. Gómez Andrade, Gonzalo Aguilar Ayma, Dulce María Araujo Domínguez.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de mayo del año dos mil diecisiete.
FDO. EVO MORALES AYMA, Fernando Huanacuni Mamani, René Martínez Callahuanca, Mariana Prado Noya, Rafael Alarcón Orihuela.
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