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martes, 2 de octubre de 2018

DECRETO SUPREMO N° 3485 - BOLTUR mediante Decreto Supremo N° 2658, de 27 de enero de 2016, serán reasignados para capital de trabajo de BOLTUR.

DECRETO SUPREMO N° 3485
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el numeral 12 del Parágrafo I del Artículo 298 de la Constitución Política del Estado, determina que es competencia privativa del nivel central del Estado, la creación, control y administración de las empresas públicas estratégicas del nivel central del Estado.
Que el Artículo 2 del Decreto Supremo Nº 2005, de 21 de mayo de 2014, crea la Empresa Pública denominada Empresa Estatal “Boliviana de Turismo”, con tipología de empresa estatal, de carácter estratégico, personalidad jurídica, de duración indefinida, autonomía de gestión administrativa, financiera, comercial, técnica y legal, con sujeción a las atribuciones de la Ministra o Ministro de Culturas y Turismo, como responsable de la política del sector.
Que el Parágrafo I del Artículo Único del Decreto Supremo Nº 2658, de 27 de enero de 2016, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, transferir recursos del Tesoro General de la Nación – TGN, por un monto de Bs3.549.600,00.- (TRES MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS 00/100 BOLIVIANOS), a favor de la Empresa Estatal “Boliviana de Turismo”, como aporte de capital destinado al pago de la Renovación de la Boleta de Garantía de la International Air Transport Association – IATA.
Que la Empresa Estatal “Boliviana de Turismo” cumplió puntualmente con los pagos a la IATA por lo que no requiere la presentación de Boleta de Garantía a favor de la citada organización.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Los recursos otorgados a la Empresa Estatal “Boliviana de Turismo” – BOLTUR mediante Decreto Supremo N° 2658, de 27 de enero de 2016, serán reasignados para capital de trabajo de BOLTUR.
Los señores Ministros de Estado en sus respectivos despachos, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de febrero del año dos mil dieciocho.
FDO. EVO MORALES AYMA, Fernando Huanacuni Mamani, Alfredo Octavio Rada Vélez, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Javier Eduardo Zavaleta López, Mariana Prado Noya, Mario Alberto Guillén Suárez, Eugenio Rojas Apaza, Milton Claros Hinojosa, Félix Cesar Navarro Miranda MINISTRO DE MINERÍA Y METALURGIA E INTERINO DE HIDROCARBUROS, Héctor Enrique Arce Zaconeta, Héctor Andrés Hinojosa Rodríguez, Ariana Campero Nava, Roberto Iván Aguilar Gómez MINISTRO DE EDUCACIÓN E INTERINO DE MEDIO AMBIENTE Y AGUA, Cesar Hugo Cocarico Yana, Wilma Alanoca Mamani, Gisela Karina López Rivas, Tito Rolando Montaño Rivera MINISTRO DE DEPORTES E INTERINO DE ENERGIAS.

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