DECRETO SUPREMO N° 3532
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Que el numeral 8 del Artículo 172 de la Constitución Política del Estado, determina que es atribución de la Presidenta o del Presidente del Estado, dictar decretos supremos y resoluciones.
Que el numeral 5 del Parágrafo I del Artículo 175 del Texto Constitucional, establece que las Ministras y Ministros de Estado tienen como atribución, proponer proyectos de decreto supremo y suscribirlos con la Presidenta o Presidente del Estado.
Que el Decreto Supremo N° 0947, de 5 de agosto de 2011, tiene por objeto transferir las academias y escuelas de formación artística dependientes del Ministerio de Culturas, actual Ministerio de Culturas y Turismo, al Ministerio de Educación, y establecer el proceso de transferencia de docentes, administrativos, bienes, activos, pasivos y presupuesto. Asimismo, dispone que el Ministerio de Culturas transferirá al Ministerio de Educación, entre otras la Academia Nacional de Bellas Artes “Hernando Siles”.
Que en cumplimiento a lo previsto en el Decreto Supremo Nº 0947, es necesaria la autorización para que el Ministerio de Educación realice los trámites para el perfeccionamiento del derecho propietario a nombre de esta Cartera de Estado, del bien inmueble ubicado en la calle Rosendo Gutiérrez N° 323 de la zona Sopocachi de la ciudad de La Paz.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:ARTÍCULO 1.- (OBJETO). El presente Decreto Supremo tiene por objeto autorizar al Ministerio de Educación realizar los trámites para perfeccionar el derecho propietario del bien inmueble ubicado en la calle Rosendo Gutiérrez N° 323 de la zona Sopocachi de la ciudad de La Paz.
ARTÍCULO 2.- (AUTORIZACIÓN). En el marco del Decreto Supremo N° 0947, de 5 de agosto de 2011, se autoriza al Ministerio de Educación realizar los trámites necesarios para el perfeccionamiento del derecho propietario ante las oficinas de Derechos Reales como primer registro a nombre de esta Cartera de Estado, con la creación de una nueva partida del bien inmueble ubicado en la calle Rosendo Gutiérrez N° 323, zona Sopocachi de la ciudad de La Paz, con código catastral 028 0003 0014 0000 2 01, con una superficie de 680,85m2 de terreno y 1.419,85m2 de edificación, colindante al Norte con la calle Rosendo Gutiérrez, al Este, al Oeste y al Sur con vecinos.
ARTÍCULO 3.- (INSCRIPCIÓN). El presente Decreto Supremo se constituye en instrumento legal suficiente, para la inscripción del derecho propietario del bien inmueble señalado en el Artículo precedente en Derechos Reales y demás registros ante otras instancias.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Educación, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciocho días del mes de abril del año dos mil dieciocho.
FDO. EVO MORALES AYMA, Alfredo Rada Vélez, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Javier Eduardo Zavaleta López MINISTRO DE DEFENSA E INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES, Mariana Prado Noya, Mario Alberto Guillén Suárez, Luis Alberto Sanchez Fernandez, Rafael Alarcón Orihuela, Eugenio Rojas Apaza, Milton Claros Hinojosa, Félix Cesar Navarro Miranda, Héctor Enrique Arce Zaconeta, Héctor Andrés Hinojosa Rodríguez MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y PREVISIÓN SOCIAL E INTERINO DE SALUD, Carlos Rene Ortuño Yañez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Cesar Hugo Cocarico Yana, Wilma Alanoca Mamani, Gisela Karina López Rivas, Tito Rolando Montaño Rivera.
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