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miércoles, 3 de octubre de 2018

LEY 922 - LEY DE LIBRE AFILIACIÓN AL SUBSECTOR PÚBLICO DE SALUD

LEY 922
LEY DE 29 DE MARZO DE 2017
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
LEY DE LIBRE AFILIACIÓN AL SUBSECTOR PÚBLICO DE SALUD
Artículo Único.
I.            Se establece la libre afiliación en el seguro social obligatorio de corto plazo, de las instituciones del nivel central, departamental y municipal, y de las empresas o instituciones públicas o privadas, ampliándola al subsector público de salud.
II.          Están sujetas a las disposiciones de la presente Ley, las instituciones del nivel central, departamental y municipal, y las empresas o instituciones públicas o privadas, en todo el territorio nacional.
III.         Lo establecido en el Parágrafo I de la presente Ley, será reglamentado por el Órgano Ejecutivo en un plazo no mayor a noventa (90) días calendario, mediante Decreto Supremo.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los veintitrés días del mes de marzo del año dos mil diecisiete.
Fdo. José Alberto Gonzales Samaniego, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Omar Paul Aguilar Condo, María Argene Simoni Cuellar, Gonzalo Aguilar Ayma, Ginna María Torrez Saracho,
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintinueve días del mes de marzo del año dos mil diecisiete.
FDO. EVO MORALES AYMA, René Martínez Callahuanca, Eugenio Rojas Apaza, Héctor Andrés Hinojosa Rodríguez, Ariana Campero Nava.

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