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sábado, 19 de junio de 2021

DECRETO SUPREMO N° 1029 - Se autoriza a la Ministra de Planificación del Desarrollo a suscribir con el Banco Interamericano de Desarrollo – BID, en nombre y representación del Estado Plurinacional de Bolivia, el Contrato de Préstamo N° 2614/BL-BO por un monto de hasta $us35’000.000.-

 DECRETO SUPREMO N° 1029

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

C O N S I D E R A N D O:

 

Que el Parágrafo V del Artículo 45 de la Constitución Política del Estado, dispone que las mujeres tienen derecho a la maternidad segura, con una visión y práctica intercultural; gozarán de especial asistencia y protección del Estado durante el embarazo, parto y en los periodos prenatal y posnatal.

 

Que el Capítulo II “Bolivia Digna” del Plan Nacional de Desarrollo – PND aprobado por Decreto Supremo N° 29272, de 12 de septiembre de 2007, presenta como propuesta de cambio, en el sector salud la eliminación de la exclusión social, que se conseguirá con la implementación del Sistema de salud familiar comunitario intercultural, que asume la medicina tradicional y será inclusivo, equitativo, solidario, de calidad y calidez.

 

Que el Estado Plurinacional de Bolivia a través del “Programa de Fortalecimiento de Redes Integrales de Salud en el Departamento de Potosí”, tiene por objeto contribuir a reducir la mortalidad materna infantil mediante mejoras en el funcionamiento de la Red Departamental de Potosí, con énfasis en acciones que mejoren el acceso y la calidad de atención en el primer nivel.

 

Que el Estado Plurinacional de Bolivia ha gestionado ante el Banco Interamericano de Desarrollo – BID, el Contrato de Préstamo N° 2614/BL-BO por un monto de hasta $us35’000.000.- (TREINTA Y CINCO MILLONES 00/100 DÓLARES ESTADOUNIDENSES), destinados a financiar el “Programa de Fortalecimiento de Redes Integrales de Salud en el Departamento de Potosí”.

 

Que es necesario autorizar la suscripción del Contrato de Préstamo N° 2614/BL-BO con el BID, a objeto de materializar este financiamiento.

 

 

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

 

D E C R E T A:

 

 

ARTÍCULO ÚNICO.-

 

I. Se autoriza a la Ministra de Planificación del Desarrollo a suscribir con el Banco Interamericano de Desarrollo – BID, en nombre y representación del Estado Plurinacional de Bolivia, el Contrato de Préstamo N° 2614/BL-BO por un monto de hasta $us35’000.000.- (TREINTA Y CINCO MILLONES 00/100 DÓLARES ESTADOUNIDENSES), destinados a financiar el “Programa de Fortalecimiento de Redes Integrales de Salud en el Departamento de Potosí”.

 

II. Suscrito el Contrato de Préstamo N° 2614/BL-BO, deberá ser remitido a consideración y aprobación de la Asamblea Legislativa Plurinacional, en cumplimiento al numeral 10 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado.

 

III. Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas a solicitud del Ministerio de Planificación del Desarrollo, a través del Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo, la suscripción del respectivo Convenio Subsidiario para la transferencia de recursos externos y ejecución del Contrato de Préstamo N° 2614/BL-BO a favor del Ministerio de Salud y Deportes en su condición de Organismo Ejecutor.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Planificación del Desarrollo, de Economía y Finanzas Públicas, y de Salud y Deportes, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno, de la ciudad de La Paz, a los nueve días del mes de noviembre del año dos mil once.

 

FDO. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Carlos Romero Bonifaz, Wilfredo Franz David Chávez Serrano, Rubén Aldo Saavedra Soto, Elba Viviana Caro Hinojosa, Luís Alberto Arce Catacora, José Luís Gutiérrez Pérez, Ana Teresa Morales Olivera, Walter Juvenal Delgadillo Terceros, José Antonio Pimentel Castillo, Nilda Copa Condori, Daniel Santalla Torrez, Nila Heredia Miranda, Julieta Mabel Monje Villa, Roberto Iván Aguilar Gómez, Nemesia Achacollo Tola, Claudia Stacy Peña Claros, Nardy Suxo Iturry, Elizabeth Cristina Salguero Carrillo, Iván Jorge Canelas Alurralde. 

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