LEY N° 1136
LEY DE 20 DE DICIEMBRE DE 2018
LEY DE 20 DE DICIEMBRE DE 2018
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:ARTÍCULO ÚNICO. De conformidad con el numeral 14 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, y los Artículos 33 y 37 de la Ley N° 401 de 18 de septiembre de 2013, de Celebración de Tratados, se ratificanlas “Enmiendas al Tratado para la Proscripción de las Armas Nucleares en la América Latina”, aprobadas por la Conferencia General del Organismo para la Proscripción de las Armas Nucleares en la América Latina y el Caribe (OPANAL), mediante Resoluciones 267 (E-V) de 3 de julio de 1990, 268 (XII) de 10 de mayo de 1991, y 290 (VII) de 26 de agosto de 1992.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los veinte días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho.
Fdo. Lineth Guzmán Wilde, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Patricia M. Gómez Andrade, Erwin Rivero Ziegler, Alicia Canqui Condori, Sebastián Texeira Rojas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho.
FDO. EVO MORALES AYMA, Diego Pary Rodríguez, Alfredo Rada Vélez, Javier Eduardo Zavaleta López.
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