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sábado, 15 de septiembre de 2018

LEY N° 892 - Se aprueba la enajenación, a título gratuito, de un lote de terreno con una superficie de 2.889,47 metros cuadrados (m²), fracción de una superficie de 5.213,00 metros cuadrados (m²), de propiedad del GAM de Padilla

LEY N° 892
LEY DE 26 DE ENERO DE 2017
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
Artículo Único. De conformidad con el numeral 13 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, se aprueba la enajenación, a título gratuito, de un lote de terreno con una superficie de 2.889,47 metros cuadrados (m²), fracción de una superficie de 5.213,00 metros cuadrados (m²), de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Padilla, ubicado en Zona del Puesto Militar “El Arsenal” del Municipio de Padilla, Provincia Tomina del Departamento de Chuquisaca, registrado en las oficinas de Derechos Reales de la ciudad de Sucre, bajo el Folio Real con Matrícula Computarizada N° 1.04.1.01.0004353, cuyas colindancias son: Al Norte, con la Calle Calama y Weymar Ramírez; al Sur, con las dependencias del Gobierno Autónomo Municipal de Padilla; al Este, con Miguel Pérez y Samuel Barja; y al Oeste, con la Familia Mendoza y Víctor Torres; a favor de la Universidad Mayor, Real y Pontificia de San Francisco Xavier de Chuquisaca, con destino exclusivo para la construcción de nueva infraestructura e implementación de Carreras Universitarias, de conformidad a la Ordenanza Municipal N° 127/2013  de 17 de septiembre de 2013 y la Ley Municipal N° 048 de 30 de noviembre de 2016, del Gobierno Autónomo Municipal de Padilla.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los diecisiete días del mes de enero del año dos mil diecisiete.
Fdo. José Alberto Gonzales Samaniego, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Víctor Hugo Zamora Castedo, Noemí Natividad Díaz Taborga, Mario Mita Daza, Ana Vidal Velasco.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiséis días del mes de enero del año dos mil diecisiete.
FDO. EVO MORALES AYMA, René Martínez Callahuanca, Wilma Alanoca Mamani MINISTRA DE CULTURAS Y TURISMO E INTERINA DE EDUCACIÓN.

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