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miércoles, 26 de septiembre de 2018

DECRETO SUPREMO N° 3478 - Se autoriza a CODESUR, incrementar en la gestión 2018 las subpartidas 25210 “Consultorías por Producto” en Bs1.863.000

DECRETO SUPREMO N° 3478
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 105 de la Constitución Política del Estado, determina que el Estado promoverá, mediante políticas de educación, recreación y salud pública, el desarrollo de la cultura física y de la práctica deportiva en sus niveles preventivo, recreativo, formativo y competitivo, con especial atención a las personas con discapacidad. El Estado garantizará los medios y los recursos económicos necesarios para su efectividad.
Que el Artículo 5 de la Ley N° 2042, de 21 de diciembre de 1999, de Administración Presupuestaria, establece que las entidades públicas no podrán comprometer ni ejecutar gasto alguno con cargo a recursos no declarados en sus presupuestos aprobados.
Que por Decreto Supremo N° 2158, de 22 de octubre de 2014, se crea la Institución Pública Descentralizada “Comité Organizador de los XI Juegos Suramericanos Cochabamba 2018” – CODESUR, bajo tuición del Ministerio de Deportes, con personalidad jurídica y patrimonio propio, así como autonomía de gestión administrativa, financiera, legal y técnica, con sede en el Departamento de Cochabamba.
Que el Artículo 2 del Decreto Supremo N° 3097, de 15 de febrero de 2017, declara de interés nacional los XI Juegos Suramericanos Cochabamba 2018.
Que el Parágrafo I del Artículo 4 del Decreto Supremo Nº 3448, de 3 de enero de 2018, que reglamenta la aplicación de la Ley N° 1006, de 20 de diciembre de 2017, del Presupuesto General del Estado Gestión 2018, en el marco de sus competencias, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas y al Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo dependiente del Ministerio de Planificación del Desarrollo, la inscripción y/o incremento de las partidas de gasto 25200 “Estudios, Investigaciones, Auditorías Externas y Revalorizaciones”, 25800 “Estudios e Investigaciones para Proyectos de Inversión No Capitalizables” y 46000 “Estudios y Proyectos para Inversión”, con recursos de financiamiento externo de crédito, donación, y su contraparte nacional establecidos en los convenios específicos, no amerita Decreto Supremo. Para las demás fuentes de financiamiento el incremento de estas partidas deberá aprobarse mediante Decreto Supremo.
Que el Artículo 16 del Decreto Supremo Nº 3448, dispone que la definición de las remuneraciones de los consultores individuales de línea, debe estar establecida en función a la escala salarial; para lo cual, las unidades administrativas de cada entidad, elaborarán el cuadro de equivalencia de funciones que será avalado por la Unidad Jurídica y con Visto Bueno (Vo.Bo.) de la Máxima Autoridad Ejecutiva – MAE.
Que el Comité Organizador de los XI Juegos Suramericanos Cochabamba 2018 – CODESUR, ha visto la necesidad de fortalecer la gestión operativa para alcanzar resultados óptimos en la organización, realización y ejecución de los XI Juegos Suramericanos Cochabamba 2018, a través de la contratación de consultores que coadyuven en la realización del evento deportivo.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Se autoriza al Comité Organizador de los XI Juegos Suramericanos Cochabamba 2018” – CODESUR, incrementar en la gestión 2018 las subpartidas 25210 “Consultorías por Producto” en Bs1.863.000.- (UN MILLÓN OCHOCIENTOS SESENTA Y TRES MIL 00/100 BOLIVIANOS), 25220 “Consultores Individuales de Línea” en Bs1.629.348.- (UN MILLÓN SEISCIENTOS VEINTINUEVE MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y OCHO 00/100 BOLIVIANOS) y 25230 “Auditorías Externas” en Bs850.000.- (OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL 00/100 BOLIVIANOS) financiados con fuente 41 “Transferencias TGN” y Organismo Financiador 111 “Tesoro General de la Nación”, a través de un traspaso presupuestario intrainstitucional, afectando la subpartida 26990 “Otros”, destinadas a encarar los XI Juegos Suramericanos Cochabamba 2018.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Economía y Finanzas Públicas; y de Deportes, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los siete días del mes de febrero del año dos mil dieciocho.
FDO. EVO MORALES AYMA, Alfredo Octavio Rada Vélez, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Javier Eduardo Zavaleta López MINISTRO DE DEFENSA E INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES, Mariana Prado Noya, Mario Alberto Guillén Suárez, Luis Alberto Sanchez Fernandez, Rafael Alarcón Orihuela, Eugenio Rojas Apaza, Milton Claros Hinojosa, Félix Cesar Navarro Miranda, Héctor Enrique Arce Zaconeta, Héctor Andrés Hinojosa Rodríguez, Ariana Campero Nava, Carlos Rene Ortuño Yañez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Cesar Hugo Cocarico Yana, Wilma Alanoca Mamani, Tito Rolando Montaño Rivera MINISTRO DE DEPORTES E INTERINO DE COMUNICACIÓN.

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