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jueves, 13 de septiembre de 2018

LEY N° 888 - Patrimonio Cultural Material Inmueble del EP de Bolivia, a la Iglesia de San Pedro de Tarabuco,

LEY N° 888
LEY DE 13 DE ENERO DE 2017
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
Artículo 1. Se declara Patrimonio Cultural Material Inmueble del Estado Plurinacional de Bolivia, a la Iglesia de San Pedro de Tarabuco, ubicada en el Municipio de Tarabuco de la Provincia Yamparáez del Departamento de Chuquisaca.
Artículo 2.  El Órgano Ejecutivo a través del Ministerio de Culturas y Turismo, en coordinación con las entidades territoriales autónomas correspondientes, en el marco de sus competencias, implementará planes y programas de promoción, conservación y protección de la Iglesia de San Pedro de Tarabuco.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los once días del mes de enero del año dos mil diecisiete.
Fdo. José Alberto Gonzales Samaniego, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Víctor Hugo Zamora Castedo, Noemí Natividad Díaz Taborga, Ana Vidal Velasco, Jhovana M. Jordan Antonio.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los trece días del mes de enero del año dos mil diecisiete.
FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Marko Marcelo Machicao Bankovic, Hugo José Siles Nuñez del Prado.

DECRETO SUPREMO Nº 690 - SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de tod

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