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viernes, 1 de marzo de 2013

Prensa asevera que imposiciones por ley vulneran los preceptos de la CPE

Según el director ejecutivo de la Asociación Nacional de la Prensa (ANP), Juan León Cornejo, las disposiciones del Gobierno como la Ley contra la violencia a la mujer, entre otras, violan preceptos constitucionales ya que al obligar a los medios de comunicación a disponer de espacios gratuitos, implica un atropello al derecho a la libre expresión y opinión de los medios e incluso de los públicos objetivo de éstos al imponerles la lectura, la vista o escuchar determinados mensajes sin darles la opción de elegir.

“De una manera general, el ejercicio de los derechos de libertad de expresión y de opinión, reconocidos en la Constitución por ser la esencia misma de los derechos del ser humano, implica que así como nadie puede prohibirle al ciudadano o a cualquier institución ciudadana expresar sus ideas y opiniones con libertad, tampoco puede obligarla a expresar ideas u opiniones que le son impuestas. Obliga pues a los medios independientes, al margen del tema específico que puede ser muy noble, expresar ideas determinadas y además impone el lugar y espacio en el que deben expresarlas”, dijo.

León Cornejo recordó que el reglamento de la Ley Contra el Racismo y Toda Forma de Discriminación obliga a publicar una página, al mes, en espacios preferenciales. El de la Ley Integral contra la Trata y Tráfico de Personas y delitos conexos obliga a publicar dos páginas de avisos preventivos al mes. En total, son tres páginas al mes y aún faltan otras normas como la Ley Integral para garantizar una Vida libre de Violencia contra la Mujer, en cuyo texto se incluye la obligatoriedad de incluir “un espacio mínimo” para la difusión de contenidos.

“Para poner un ejemplo, si un periódico de 12 páginas cumple esa obligación el día jueves, está destinando el 25 por ciento de su espacio a ese fin. El medio pierde ingresos por publicidad o espacio para darle a su público objetivo la información que le corresponde. Y el público está obligado a leer información o mensajes que pueden o no ser de su interés” manifestó.

Consultado sobre si se realizó alguna gestión previa a la aprobación de las normativas, aseveró que en lo que concierne a la ANP esta nunca consultada. “Son medidas impuestas, de aplicación obligatoria, por vía de la reglamentación de algunas leyes. Ese hecho constituye pues un atropello a los medios independientes”, enfatizó.

Puntualizó además que la mayoría de esos medios apoya el fin mismo de lucha contra la discriminación o la trata y tráfico de personas mediante sus noticias, campañas o columnas de opinión, por lo que obligarlos es además ocioso.

“Un dato importante es que está suficientemente probado que ese tipo de delitos no se combate endureciendo las leyes o amenazando a la

gente. Hay que combatir las causas que los motivan y trabajar muy profundamente desde el hogar y las escuelas”, señaló.

Afirmó que la manera más sencilla, de sentido común y de mejor efecto como imagen de respeto a las normas y a los derechos ciudadanos sería

eliminar esa obligación de los respectivos reglamentos.

A la consulta de si corresponde una demanda de inconstitucionalidad o algún recurso legal dijo que se puede seguir los dos caminos: “hacer una representación de inconstitucionalidad o presentar una demanda de amparo administrativo, porque la norma en cuestión infringe derechos reconocidos constitucionalmente. En la vía administrativa se puede argumentar la ilegalidad de la norma que además no fue concertada con los empresarios de medios impresos. La vía constitucional se justifica porque representa un atentado contra los derechos ciudadanos que están perfectamente señalados en la Constitución” finalizó.

OBLIGACIONES SOBRE MEDIOS ESCRITOS

La Ley Contra el Racismo y Toda Forma de Discriminación obliga a publicar una página al mes en espacios preferenciales con contenidos contra este mal.

La Ley contra la Trata y Tráfico de Personas y delitos conexos obliga a publicar dos páginas de avisos preventivos al mes, media página semanal en contratapa, es decir a todo color para mensajes de “concientización” sobre el tema.

La Ley de lucha contra la violencia a la mujer ya estipula brindar “espacios mínimos” gratuitos para dicho fin, restando conocer la reglamentación.

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