LEY N° 1169
LEY DE 25 DE ABRIL DE 2019
LEY DE 25 DE ABRIL DE 2019
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
LEY QUE ABROGA EL DECRETO LEY N° 7807 Y LA LEY N° 3389
ARTÍCULO 1. Se abrogan el Decreto Ley N° 7807 de 29
de agosto de 1966, y la Ley N° 3389 de 3 de mayo de 2006; y con la
finalidad única de protección y conservación de las áreas discontinuas,
es aplicable la Ley Municipal N° 003 de 23 de diciembre de 2011,
emitida por el Gobierno Autónomo Municipal de Tarija, que constituye el
Parque Municipal Las Barrancas, pudiendo el Gobierno Autónomo
Municipal de Tarija, en el marco de sus competencias establecidas en el
numeral 11 del Parágrafo I del Artículo 302 de la Constitución
Política del Estado, aplicar las medidas necesarias para dicho fin.ARTÍCULO 2. La regularización del Derecho Propietario en las zonas que quedan fuera del Parque Municipal Las Barrancas, podrán sujetarse a lo dispuesto por la Ley N° 247 de 5 de junio de 2012, y la Ley N° 803 de 9 de mayo de 2016.
DISPOSICIÓN ABROGATORIA Y DEROGATORIA
ÚNICA. Quedan abrogadas y derogadas todas las disposiciones contrarias a la presente Ley. Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los cuatro días del mes de abril del año dos mil diecinueve.
Fdo. Adriana Salvatierra Arriaza, Víctor Ezequiel Borda Belzu, Omar Paul Aguilar Condo, Eliana Mercier Herrera, Sandra Cartagena López, Norman Lazarte Calizaya.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Ciudad de Tarija, a los veinticinco días del mes de abril del año dos mil diecinueve
FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Oscar Coca Antezana, Carlos Rene Ortuño Yañez, Cesar Hugo Cocarico Yana.
No hay comentarios:
Publicar un comentario