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miércoles, 2 de enero de 2019

LEY N° 1063 - Se aprueba la enajenación, a título gratuito, de un bien inmueble de propiedad del GAM de Caranavi

LEY N° 1063
LEY DE 28 DE MAYO DE 2018
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente  Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO. De conformidad con el numeral 13 del parágrafo I del artículo 158 de la Constitución Política del Estado, se aprueba la enajenación, a título gratuito, de un bien inmueble de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Caranavi, con una superficie de 5.756,53 metros cuadrados (m²), ubicado en la Urbanización “La Colina de Broncini”, Manzano 13, Lote N° 1, del Municipio de Caranavi, Provincia Caranavi del Departamento de La Paz, registrado en las oficinas de Derechos Reales de Coroico, Nor Yungas bajo la Matrícula Computarizada N° 2.14.3.01.0003224, cuyas colindancias son: al Norte, con Avenida S/N; al Sur, con Calle H; al Este, con Calle B; y al Oeste, con Calle A; a favor de la Universidad Pública de El Alto – UPEA, con destino exclusivo para el funcionamiento de las carreras dependientes de esta casa superior de estudios, de conformidad a la Ley Autonómica Municipal N° 09/2017 de 25 de abril de 2017, emitida por el Gobierno Autónomo Municipal de Caranavi.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los quince días del mes de mayo del año dos mil dieciocho.
Fdo. Lineth Guzmán Wilde, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Efraín Chambi Copa, Erwin Rivero Ziegler, Sebastián Texeira Rojas, Margarita del C. Fernández Claure.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de mayo del año dos mil dieciocho.
FDO. EVO MORALES AYMA, Alfredo Rada Vélez, Roberto Iván Aguilar Gómez.

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