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lunes, 7 de octubre de 2013

Ley 2141 Salinas, capital de la quinua



Hugo Banzer Suárez
Presidente de La República
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El Honorable Congreso Nacional,
D e c r e t a:
Artículo Primero.- Se declara a Salinas de Garci Mendoza de la provincia Ladislao Cabrera del departamento de Oruro como Capital de la Quinua Real de Bolivia, con el propósito de fomentar la producción, comercialización, investigación e industrialización de este producto.
Artículo Segundo.- El Gobierno Municipal y la Prefectura del Departamento de Oruro elaborarán una política de protección, desarrollo, defensa, comercialización, investigación e industrialización de la Quinua Real.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los diecisiete días del mes de octubre de dos mil años.
Fdo. Leopoldo Fernández Ferreira, Jaalil R. Melgar Mustafá, Roberto Caballero Oropeza, Carlos García Suárez, Jorge Sensano Zárate, Moisés Torres Ramírez,
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticinco días del mes de octubre de dos mil años.
Fdo. Hugo Banzer Suárez, Walter Guiteras Denis, Carlos Saavedra Bruno, Hugo Carvajal Donoso (Gaceta Oficial de Bolivia).

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