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viernes, 9 de junio de 2023

LEY N° 1512 - Se aprueba el Convenio de Préstamo para el Proyecto "Establecimiento del Hospital de Tercer Nivel de Oruro (Ampliación y Equipamiento)", suscrito el 9 de febrero de 2023, entre el Estado Plurinacional de Bolivia y el Banco de Exportación e Importación de Corea - EXIMBANK COREA

 LEY N° 1512

LEY DE 31 DE MAYO DE 2023

LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

DECRETA:

ARTÍCULO ÚNICO.

I. De conformidad a lo establecido en el numeral 10 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, se aprueba el Convenio de Préstamo para el Proyecto "Establecimiento del Hospital de Tercer Nivel de Oruro (Ampliación y Equipamiento)", suscrito el 9 de febrero de 2023, entre el Estado Plurinacional de Bolivia y el Banco de Exportación e Importación de Corea - EXIMBANK COREA, por un monto de hasta USD78.000.000,00 (SETENTA Y OCHO MILLONES 00/100 DÓLARES ESTADOUNIDENSES).

II. Se autoriza asumir el repago de las obligaciones que sean contraídas en la ejecución del Convenio de Préstamo, aprobado por la presente Ley, de acuerdo al siguiente detalle:

a) Al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a través del Tesoro General de la Nación - TGN, por un monto de hasta USD39.500.000,00 (TREINTA Y NUEVE MILLONES QUINIENTOS MIL 00/100 DÓLARES ESTADOUNIDENSES), así como el servicio de la deuda en el porcentaje que le corresponda; y

b) Al Gobierno Autónomo Departamental de Oruro, por un monto de hasta USD38.500.000,00 (TREINTA Y OCHO MILLONES QUINIENTOS MIL 00/100 DÓLARES ESTADOUNIDENSES), así como el servicio de la deuda en el porcentaje que le corresponda, en el marco de sus competencias.

Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los diecisiete días del mes de mayo del año dos mil veintitrés.

Fdo. Andrónico Rodríguez Ledezma, Hernán Isaías Durán Lazo, Claudia Elena Egüez Algarañaz, Isidoro Quispe Huanca, Sergio Maniguary Moura, Jorge Yucra Zarate.

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.

Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los treinta y uno días del mes de mayo del año dos mil veintitrés.

Fdo. Luis Alberto Arce Catacora, Maria Nela Prada Tejada, Sergio Armando Cusicanqui Loayza, Marcelo Alejandro Montenegro Gómez García.

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